martes, 25 de octubre de 2011

Maraña jurídica, política y de intereses

Según el sitio Web del Centro de Información Judicial, mañana miércoles 26 de octubre de 2011 a partir de las 18:00 horas el Tribunal Oral Federal Nº 5 (TOF5) pronunciaría su sentencia en el juicio oral por supuestos delitos de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).

No podemos menos que denunciar que en este y otros juicios en los que solamente se ha juzgado a un sector exclusivo de nuestra población, el poder de turno ha violado sistemáticamente los derechos humanos, jurídicos y libertades fundamentales de los miembros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y Civiles enjuiciados en su condición de Prisioneros Políticos.

Nunca una guerra –y no hay dudas que fue una guerra declarada por el terrorismo- debió ser juzgada por el Código Penal, al hacerlo de esa manera se evitó la aplicación del derecho de guerra que, en cuyo exclusivo ámbito correspondía evaluar la respuesta ordenada por el gobierno constitucional de la entonces Presidente de la Nación, María Estela Martínez Vda. de Perón, a la guerra revolucionaria desatada por organizaciones terroristas que pretendieron tomar el poder por las armas, la violencia y el terror como lo reconoció en sus considerandos el decreto 157/83.

Años después los delitos comunes prescribieron, justamente por su condición de delitos comunes. Sin embargo, y motivados primero por la falsa teoría de querellantes -otrora terroristas ó simpatizantes de los mismos- y luego por la anulación de las leyes de punto final y obediencia debida, los tribunales decidieron entonces encuadrar los delitos comunes que mandó a investigar la ley 23.049 en la categoría de lesa humanidad, no existente en el Código Penal argentino ni en su Constitución.

Como consecuencia de ello comenzaron las violaciones de los derechos humanos y jurídicos por parte del poder de turno, tales como:

  • Condena por aplicación de prisiones preventivas permanentes, y no ajustada a sus fines cautelares, en violación al principio constitucional de inocencia.
  • Negación de excarcelaciones bajo fianza y violación del principio de inocencia.
  • Elección del derecho con el que se va a juzgar  y principio de garantía del juez natural.
  • Anulación de las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
  • Violación del principio de prescripción de los delitos comunes imputados.
  • Violación del principio de igualdad ante la ley.
  • Violación del principio de irretroactividad de la ley penal.
  • Violación del principio de cosa juzgada y negación de los derechos adquiridos.
  • Violación del principio de aplicación de la ley más benigna.
  • Interpretación del crimen por analogía y desconocimiento de la responsabilidad individual.
  • Violación del principio de territorialidad.
  • Violación del Principio Nullum Crimen Sine Lege Praevia.
  • Permanente adaptación del derecho a las necesidades políticas.
  • Violación del principio de doble instancia.
La Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia oportunamente formuló una denuncia,  requirió investigación y urgentes medidas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por los argumentos que sintéticamente destacamos:

  • Las arbitrariedades de que han sido objeto los miembros de las Fuerzas Armadas. de Seguridad y Civiles que han sido procesados por hechos ocurridos durante el enfrentamiento armado con las organizaciones terroristas en la década de los 70(s) del siglo pasado.

  • La permanente incitación al odio, discordia y enemistad política entre los habitantes del país, fomentada por algunas organizaciones y por el poder de turno.
Estos juicios mal llamados por “crímenes de lesa humanidad” generaron una situación de ilegalidad, discriminación, desigualdad ante la ley y violación de los derechos humanos exclusivamente a un sector de la población, cometida o consentida por Jueces de la Nación en los diversos procesos que tienen u tuvieron a su cargo.

Ya han fallecido en cautiverio más de 140 personas sometidas a estos juicios, la mayoría de ellos sin condena judicial.

Razón por la que la  Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia se presentó a denunciar a esos Jueces por delitos que podrían ir desde el homicidio, tentativa de homicidio, lesiones, abandono de personas, tormentos, sevicias, prevaricato, incumplimiento de los deberes del funcionario público, denegación y retardo de justicia, hasta la violación del cuidado de sus presos conforme la manda del artículo 18 de la Constitución Nacional (arts. 79, 92, 106, 144 bis Inc 1°, 248, 269 y 273 del Código Penal).

Ante tamaña maraña jurídica, política y de intereses, parece que la solución tiene que salir de la gente común –la mayoría silenciosa- esa que como el Sr. González le formula una propuesta indecente a Rolando Hangling:



Se prevé que mañana se lea la sentencia en el juicio oral por crímenes cometidos en la ESMA

En el debate se investigan, entre otros casos, las desapariciones de las monjas francesas Leonie Duquet y Alice Domon. En su alegato, el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de prisión perpetua para Alfredo Astiz y Jorge “el Tigre” Acosta.

El Tribunal Oral Federal Nº 5 de la Capital -integrado por los jueces Daniel Obligado, Germán Castelli y Ricardo Farías- prevé dar a conocer este miércoles, a partir de las 18, la sentencia en el juicio oral por delitos de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante el último gobierno militar.


En el proceso son juzgados Alfredo Astiz, Jorge “el Tigre” Acosta, Ricardo Cavallo, Jorge Radice, Juan Carlos Rolón, Antonio Pernías, Pablo García Velazco, Julio César Coronel, Adolfo Miguel Donda, Raúl Scheller, Juan Carlos Fotea, Néstor Savio, Alberto González, José Antonio Montes, Manuel García Tallada, Carlos Capdevilla Juan Antonio Azic.

Cabe recordar que, en su alegato, el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de reclusión perpetua para los imputados Astiz, Acosta, Cavallo, Radice, Rolón, Pernías, García Velazco, Coronel, Donda, Scheller, Fotea, Savio y González.

En tanto, requirió 25 años de prisión para Montes, García Tallada, Capdevilla y Azic.



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