domingo, 27 de noviembre de 2011

Muertos en cautiverio como Presos Políticos

Hemos tomado un artículo de "Libertad a los Presos Políticos de la República Argentina" (lippra) Sito Web: http://lippra.creatuforo.com/ en donde se encuentra el pensamiento de los mismos Presos Políticos.

Ellos siempre supieron que sus sentencias estaban redactadas de antemano y que dadas la avanzada edad de la mayoría y enfermedades de algunos, las condenas a cadenas perpetua equivalen a la “pena de muerte”.


Desde este espacio siempre hemos reclamado por la inmediata libertad de los Presos Políticos, como una condición necesaria para alcanzar la Pacificación Nacional Definitiva. Igualmente decíamos que el poder que debe brindar seguridad y asistencia a los Presos Políticos, los deja languidecer en prisión hasta que algunos mueren por enfermedad por falta de asistencia sanitaria adecuada y oportuna, en esos casos pensamos que se cometen los delitos de abandono de persona “homicidio por omisión”. Las Unidades Carcelarias del país no están en condiciones de asistir en tiempo y forma a los ancianos enfermos y que necesitan atención médica urgente y especializada, esto lo saben muy bien los jueces que deben velar por sus derechos y garantías. Sin embargo ya tenemos muchos muertos en cautiverio y a nadie de le mueve un pelo.


Recordar que existe una denuncia al respecto presentada por la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia ante la Corte Suprema de la Nación. El texto completo se puede leer en el Sitio Web:
http://www.justiciayconcordia.org/ en Declaraciones (Documentos de Interés) bajo el título:  FORMULA DENUNCIA. REQUIERE INVESTIGACION Y URGENTES MEDIDAS.

Igualmente el señor abogado Dr. Gustavo Alberto Taffarel presentó una denuncia en el mismo sentido ante la Cruz Roja Internacional por Abandono de Persona y Violación a las Condiciones Mínimas de Dignas Condiciones de Detención. Ver en:

A la nómina del Listado de Presos Políticos Fallecidos elaborado por "Libertad a los Presos Políticos de la República Argentina" (lippra) Sito Web: http://lippra.creatuforo.com/ y actualizado al 12 de noviembre de 2011, solo le hemos introducido el reciente fallecido señor General de División Antonio Domingo Bussi, con él ya suman 152 Presos Políticos Fallecidos en Prisión. Solicitamos a todas las organizaciones, familiares, amigos y allegados de los fallecidos que por favor revisen el listado y colaboren en su corrección –si fuera necesario-, en completar datos faltantes y los invitamos que si desean recordar alguna persona en especial mediante una breve historia, anédocta, fotografía, etc., nos la hagan llegar para su publicación. Gracias!



RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL PARA JUECES, FISCALES Y OTROS, POR EL HOMICIDIO DE PRESOS POLÍTICOS MEDIANTE SU ACCIÓN U OMISIÓN, PASIBLES DE SER IMPUTADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD

Los siguientes son algunas razones por las cuales deberán responder civil y penalmente los jueces, fiscales y otros funcionarios público e incluso otros particulares, que intervinieron de algún modo en las llamadas causas por violación de los derechos humanos.

            Son crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma, el encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional, (Ej. Detención prolongada sin condena), la persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos,… en conexión con cualquier,…crimen de competencia de la Corte, asimismo aclara que: por persecución se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención con el derecho internacional en razón de la identidad del grupo o colectividad, (Ej. Integrantes de las FFAA; FFSS y FFPP, por pertenencia a ellos)

1)    Los Jueces son funcionarios públicos obligados a administrar justicia, respetando y haciendo respetar la Constitución Nacional y las leyes que reglamentan su ejercicio. Los Fiscales, también son funcionarios públicos y tienen la doble obligación de: a) controlar la legalidad del proceso, b) si corresponde acusar a los supuestos partícipes en el hecho o presunto hecho.
2)    Prevarica el Juez que dicta una resolución contraria a la ley debidamente invocada, o cita para fundarla, hechos o resoluciones falsas, y el que decrete la prisión preventiva o la prolongue, cuando no proceda. También prevarica el Fiscal que de cualquier modo perjudica deliberadamente, al emitir dictamen, la causa que se le confiere.


3)    El artículo 18 de la Constitución Nacional termina diciendo: que toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos (refiere a los detenidos) más allá de lo que aquella (refiere a seguridad) exija, hará responsable al juez que la autorice. Los antes citados como funcionarios públicos, como partícipes necesarios en las causas de los derechos humanos, no solo han resuelto (o dictaminado) autorizando arbitrariamente condiciones y medidas mortificantes, sino que además han permitido que se lleven a tal extremo como para que muchos casos sean las determinantes de la muerte de los ilegalmente detenidos.
4)    Los Jueces y los Fiscales no son los únicos responsables, también lo son: …los representantes de la autoridad del Estado y los particulares como autores o cómplices o que inciden directamente a la perpetración de esos crímenes, así como los representantes del Estado que toleren su perpetración. Así lo establece la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, vigente por ley Nro. 24.584.

          I.    Delito de Lesa Juridicidad

      Algo nuevo aparece en el firmamento de nuestro Derecho Penal; este título es novedoso y claro, no existe aún, no está tipificado como delito en el Código Penal de la Nación; tampoco existen las prisiones preventivas por más de tres años o las detenciones de personas con encarcelamiento por la figura de comentarios; o las detenciones en prisión de personas de más de 70 años; o las detenciones en prisión de personas enfermas. Claro estas figuras raras ut supra mencionado, si existen para las detenciones de personal de las FFAA; FFSS, FFPP y ciudadanos; ellos constituyen hoy los llamados presos políticos de la República Argentina.

     Por ello, surge esta nueva figura Delito de Lesa Juridicidad y la misma tendrá como destinatarios exclusivos a: Jueces que durante este régimen del Kirchnerismo que sufre el país desde el 2003 a la fecha favorecieron por sumisión, venganza ideológica y/o beneficio económico, al poder del mismo, facilitando con este accionar las detenciones de los Presos Políticos.


         II.    Reflexiones

      Entonces, …Jueces, serán encuadrados en el artículo 18 de la CN  y serán imputados como participes necesarios, integrantes de una Asociación Ilícita en las causas de Derechos Humanos donde autorizaron, resolvieron, condenaron y con su proceder contribuyeron a la muerte de detenidos enfermos. Estos funcionarios son los responsables de haber permitido que aberraciones jurídicas como las que hoy ocurren en nuestra Argentina, se lleven a cabo, no poniendo los límites que la Ley estipula dentro de nuestro Código Penal y Procesal Penal de la Nación.

III.             El Juzgado – los Jueces – los muertos

      Deberán responder oportunamente civil y penalmente los jueces, fiscales y otros funcionarios públicos e incluso  particulares, que hayan intervenido de algún modo en las llamadas causas por violación de los derechos humanos. Por ello continuaremos señalando a todos aquellos que tengan manchadas sus manos por la sangre inocente de nuestros camaradas:

  • Corte Suprema de Justicia de la Nación: Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, Dra. Elena I. Highton de Nolasco, Dr. Carlos S. Fayt, Dr. Enrique Santiago Petracchi, Dr. Juan Carlos Maqueda, Dr. E. Raul Zaffaroni y Dra. Carmen María Argibay. Dejamos constancia que la SCJN no está en el listado señalado por lippra, los hemos incorporados nosotros por considerar que el alto tribunal debe ser el responsable máximo de los aciertos y desaciertos de la Justicia en la Nación.

  • Tribunal Oral Federal Nº 1 – Capital Federal a cargo de los Jueces: Dr. Guetias Jorge H., Dr. Amirante Oscar Ricardo,  Dr. Grünberg Adrián Federico.

  • Tribunal Oral Federal Nº 2 – Capital Federal: Dr. Jorge Tassara, Dr. Alessio, Dra. Garrigos de Revori.

  • Tribunal Oral Federal Penal Nº 4 – Rosario a cargo de los  Jueces: Dr. Digerónimo Omar R. A., Dr. Vera Barros Carlos A., Dr. Sutter Schneider Germán.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Resistencia Chaco, a cargo del conjuez: Dr. Piñero Juan Antonio.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 – Capital Federal a cargo del Juez: Dr. Daniel Eduardo Rafeca.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 4 – Capital Federal a cargo del Juez: Dr. Claudio Bonadío, reemplazado posteriormente por Dr. Ariel Lijo.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 12 – Capital Federal a cargo del Juez: Dr. Torres Sergio.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – La Plata a cargo del Juez: Dr. Blanco Manuel y Dr. Coraza Arnaldo.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 – Córdoba a cargo de la Jueza: Dra. Garzón de Lascano Cristina.

  • Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Bahía Blanca a cargo del Juez: Dr. Álvarez Canale Alcindo.

Con respecto a los muertos deben ingresar en la página de la derecha, cuyo título es: Lista Nominal de Fallecidos en Prisión y por Fuerza.


2 comentarios:

  1. Nunca habra pacificación definitiva. Mientras sigan las injusticias. Es mas, tengo la impresión, que el PAIS, esta transitando un camino sin retorno, hacia la disgregación. Tengo temor a lo que van a hacer los erpianos y montos, puego del 10-12.No hay que creerles nada de lo que predican. Ahora en Navarra y el Pais Vasco, gano el brazo politico de ETA, veremos alli un proceso similra.

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  2. Hoy la batalla se libra en el campo jurídico, cultural, psicológico e histórico. Si bajamos los brazos la guerra está perdida. No podemos cejar en nuestros esfuerzos.

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