sábado, 20 de julio de 2013

OTRA VEZ LA IDEOLOGÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS


DECLARACIÓN

Resulta muy interesante la polémica que se ha abierto con motivo de la designación y ascenso del Gral. Milani, porque ha servido para confirmar que la política de derechos humanos implementada por el régimen instaurado desde el 25 de mayo de 2003, es apenas una ideología perversa, cuyas secuelas manifiestas han sido la generación de un formidable negociado y la más desvergonzada hipocresía.

Los argentinos pueden advertir que los derechos humanos son exhibidos como política de Estado al solo efecto de lograr consenso en el manejo del resto de las políticas llevadas a cabo por el gobierno. El fin justifica los medios. Esto así resulta si nos detenemos en la lectura de las declaraciones de Abuelas de Plaza de Mayo, más precisamente de Estela de Carloto, el C.E.L.S. y otros que hoy sostienen, en defensa del nuevo Jefe del Estado Mayor del Ejército, que para acusar se necesitan pruebas o que el hecho de haber estado allí –Operativo Independencia- no es suficiente. En tanto el C.E.L.S., por boca de su vocero Horacio Verbitsky, nos informa que no hay antecedentes que comprometan al Gral. Milani con delitos de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura militar.

El doble estándar en estas cuestiones es formidable, pues este vocero pone en duda las manifestaciones de testigos-denunciantes de la desaparición del soldado Ledo - asistente del entonces Subteniente Milani - como así también del Nunca Más de la Pcia. de La Rioja. Testimonios muy similares y muchas veces más frágiles  y siempre interesados se invocan sistemáticamente por los jueces en sus condenas, basadas en meras suposiciones y prejuicios.

Hoy, varios centenares de viejos soldados se encuentran en las cárceles de Marcos Paz, Ezeiza y otros lugares de reclusión de jurisdicción federal, por el hecho de haber pertenecido a las Fuerzas Armadas en la época de lucha contra el terrorismo. Estos luchadores octogenarios no gozan de ninguno de los beneficios que el orden constitucional vigente otorga a los ciudadanos acusados de cometer delitos, como el derecho al debido proceso y el principio de inocencia.

No es necesario hacer mención de ninguno de los presos políticos de la democracia para ejemplificar la venganza de la que son objeto mediante el linchamiento judicial. Basta con recordar que se han dictado condenas de por vida basadas en el supuesto reconocimiento de una voz escuchada hace casi cuarenta (40) años. O haciendo aplicación de la teoría del dominio del hecho a quien por su graduación y lugar en la cadena de mando no impartía ordenes o que, de haberlas trasmitido, no estaba ni remotamente en condiciones de objetarlas. Y no estamos hablando de oficiales superiores, sino de subalternos (suboficiales, subtenientes a capitanes o sus equivalentes en la Armada, Aeronáutica y fuerzas de seguridad en general), pues a los Jefes y Oficiales Superiores se les encontró otro extremo de atribución de responsabilidad criminal, como es la responsabilidad funcional, lo que significa el non plus ultra de la responsabilidad objetiva.

Muy lejos está en el ánimo de quienes integramos esta Asociación imputarle responsabilidad criminal alguna a quien entonces era el Subteniente Milani, pues sería abjurar de los principios que dieron sentido a su fundación: el restablecimiento de la Justicia y la recuperación de la Concordia. Pero esta suerte de justicia popular nos obliga a recordar, una vez más, la necesidad de salir de la apatía, a fin de conjurar los riesgos a que nos expone la perversidad de este régimen.

Mariano Gradin                   Alberto Solanet

Secretario                            Presidente

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