PROCESO A ESPAÑOLES
La justicia española rechazó la pretensión de la jueza
argentina Servini de Cubría a mérito de que los crímenes imputados se
encuentran prescriptos. Efectivamente, ninguno de ellos fue posterior a 1977 y
la tipificación de los crímenes de lesa humanidad nace en 1998. En consecuencia
no los alcanza tal calificación y son prescriptibles. El código penal español
en su artículo 131 fija como plazo máximo 20 años cumplido el cual prescriben
los delitos de mayor pena. Esto es tan lógico que resulta sorprendente la
actitud de nuestra jueza e inexplicables sus fundamentos. El hecho de que en
nuestros tribunales federales se ignore alegremente el principio de Nullum
crimen, nulla poena sine praevia lege, no significa que España también lo haga
y especialmente resulta violatorio del propio Estatuto de Roma "interferir
en los asuntos internos de otro Estado" (Preámbulo). No olvidemos que en
la Madre Patria han desestimado la pretensión del juez Baltasar Garzón, quien
fuera expulsado de su magisterio por tal actitud.
Juan Manuel Otero
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