lunes, 14 de octubre de 2013

CARTA DE LA HIJA DE UN CORONEL CONDENADO

Coronel Mario Nakagama
El lunes pasado, los coroneles Carlos Eduardo del Valle Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Ezequiel Acosta fueron encontrados culpables de los 14 asesinatos por el Tribunal Oral Federal de Catamarca. María José Nakagama, hija de uno de los condenados, escribió la siguiente carta a propósito de la situación de su padre.

“Muchos ya se habrán enterado la injusticia que se ha cometido contra mi familia en el día de ayer. Mi viejo ha sido condenado a cadena perpetua por homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de dos o más personas.

Hemos recibo la noticia con sorpresa ya que nunca imaginamos que se pudiera cometer una barbaridad de este calibre, aunque mirando en retrospectiva no deberíamos haber subestimado el poder coerción que se tiene sobre los jueces, pero teníamos la esperanza de haber llegado a una instancia donde no fuera tan fácil el apriete y definitivamente nos hemos equivocado.

He tenido la oportunidad de acompañar a mi viejo en la audiencia de los alegatos. En primer lugar oímos lo que tenía que decir el fiscal, que no dijo nada, sólo afirmar que se había demostrado el atroz crimen cometido por los imputados, haciendo parecer a los miembros del ERP como un grupo de monjas que estaban de paseo y fueron fusilados sin contemplaciones.


Fue muy interesante escuchar los alegatos de la defensa. Si bien yo ya había leído los escritos anteriores presentados, los alegatos hicieron un contundente resumen de los hechos y refutaron todas y cada una de las acusaciones, citando incluso fallos emitidos por los mismos miembros del tribunal que reforzaban la inocencia.

El día lunes he asistido a una clase magistral de historia, derecho penal y organización militar que me ha permitido terminar de entender los acontecimientos por los cuales acusan a mi padre.

Lo más importante de todo es entender qué es un delito de lesa humanidad, porque esa es la piedra fundamental a partir de la cual gira todo.

Nuestro país está obligado a cumplir con las convenciones y tratados internacionales que suscribe. Y entre ellos se encuentra el estatuto de Roma, de la Corte Penal Internacional, que requiere que para que un acto se considere como delito de lesa humanidad debe reunir los requisitos de tratarse de actos atroces llevados a cabo como parte de un ataque generalizado y sistemático en contra de una población civil y que sea parte de una política del Estado.

Teniendo en cuenta que:

  • Los hechos que se imputan ocurrieron en agosto de 1974, en pleno gobierno constitucional y que numerosos fallos, incluidos de la corte suprema, han declarado que antes del año 1975 no existía un plan generalizado y sistemático de persecución.
  • No existieron actos atroces. El intento de copamiento del regimiento 17 por parte de integrantes del ERP y posterior rechazo por las fuerzas militares y policiales, derivan en la muerte de 14 integrantes guerrilleros como consecuencia de un combate que se lleva a cabo en campo abierto. A lo largo de la causa se demuestra que tenían por objetivo de aprovisionarse de armas “para el pueblo” y para ello no dudaron en el intento de copamiento a mano armada. Habiendo sido avistados por un ciclista que alerta a las fuerzas policiales, en inferioridad numérica y perdido el factor sorpresa, no dudaron en matar a varios policías, a los cuales quitaron armas, uniformes y vehículo para darse en fuga.
  • ¿Quién en su sano juicio puede considerar a este grupo de guerrilleros como población civil? Porque si bien la fiscalía alegó que es indudable que eran civiles, ni ellos se lo creen. Los sobrevivientes han declarado muy orgullosamente que todos y cada uno de ellos eran combatientes. No basta tratar de rendirse para pasar de ser combatientes a civiles. Porque si bien “trataron” de rendirse, mientras uno levantaba las manos, el de atrás le disparaba a los policías.
  • Y por último: No existen pruebas que haya existido (porque no existio) fusilamiento. La muerte de los guerrilleros no fue más que una derrota, en un enfrentamiento que ellos mismos provocaron, pero la idea que tienen de fusilamiento y feroz represión no es más que la excusa para considerarse mártires de la causa, y obviamente nunca viene mal una millonaria indemnización.

Inventan un delito que no existió y necesitan un culpable. Y como el que por aquel entonces era jefe del regimiento ya se murió, agarran a cualquiera y nos ha tocado a nosotros. Usando una teoría de responsabilidad mediata, sos culplable porque estabas cerca y todos los demás hoy están muertos. Hubiese sido mejor que te quedaras durmiendo y nadie te vea (aunque seguramente se hubieran inventado que igual estabas) Si alguno de ustedes se acuerdan de mi hermano menor, él hoy tiene la misma edad que mi viejo en 1974; con 22 años y grado de subteniente, hoy, más de 40 años después, se lo considera responsable de lo que los ellos denominan masacre de Capilla del Rosario.

Es muy duro. Todo es política. El derecho y la ley no cuentan. Los jueces cambian de rumbo y argumento como si fueran una veleta y no tienen en cuenta ni siquiera lo que ellos mismos dicen en otros fallos, porque en este caso no les conviene.

Seguiremos luchando con la certeza de inocencia. Estamos tranquilos. Sabemos que va a ser un camino largo, pero esperemos que los vientos políticos nos sean más favorables en el futuro”.

María José Nakagama


FUENTE: http://site.informadorpublico.com/?p=37285

NOTA: Las negritas no corresponden a la nota original.

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