domingo, 10 de mayo de 2015

PIRUETAS


Un funcionario gubernamental cuyo acervo intelectual parece limitado a las lecturas de Jauretche agravió la semana pasada de un modo torpe y miserable al doctor Carlos Fayt, ministro de la Corte Suprema. Aparte de sus méritos académicos y doctrinarios, es justo recordar que fue el doctor Fayt quien mediante sus votos ejemplares defendió la supremacía del principio de legalidad consagrado en el artículo 18 de la Constitución, según el cual ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso.


En los fallos Arancibia Clavel, Simón y Mazzeo[1], sus colegas Lorenzetti, Boggiano, Petracchi, Maqueda, Highton de Nolasco, Argibay y Zaffaroni redujeron el citado principio de legalidad a papel mojado, invocando vagas interpretaciones acerca de la supremacía del derecho internacional consuetudinario, las que configuraron verdaderas piruetas jurídicas pergeñadas al servicio de la trama ideológica del kirchnerismo.


Honor entonces al doctor Fayt, cuya integridad moral e intelectual no puede ser siquiera rozada por personajes tan oscuros como mediocres.

Eduardo P. Ayerra
DNI 8.254.636


NOTA: Las imágenes, destacados y referencia no corresponden a la nota original.


[1] El juez Fayt, único disidente, rechazó que el concepto “desaparición forzada de personas” pueda aplicarse retroactivamente, pues la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas es posterior a los hechos de la causa. Lo mismo concluyó sobre la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad, en virtud de que la ley penal no puede aplicarse hacia atrás en el tiempo y la desaparición forzada no se cita entre los crímenes de guerra y lesa humanidad que la Convención explicita en su art. I (incs. a y b), remitiendo al art. 6, inc. c, del Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nüremberg.

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