domingo, 5 de febrero de 2017

ANIVERSARIO DEL DECRETO DE ANIQUILAMIENTO


Hoy se cumplen 42 años  de la firma del decreto “S” Nº 261/75 por parte de la presidente de la Nación Argentina María Estela Martínez de Perón (a) Isabelita. Sin embargo como consecuencia de haber cumplido esa orden presidencial, del gobierno que asumió con la mayor cantidad de votos de la  historia del país, los únicos detenidos, procesados y condenados por la “justicia” son los miembros de las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Civiles del estado… la ex presidente ayer festejó en España su cumpleaños número 86, nadie la molesta o interpela por su responsabilidad en esa orden.

Es hora que el estado y la sociedad argentina pongan la historia en su justa dimensión y se dejen de mover por oscuros intereses del relato o números emblemáticos o simbólicos.


Si alguna duda cabe… basta con haber escuchado a la Dra. Victoria Villarruel, presidente de CELTYV, en sus valientes y precisas explicaciones en un conocido programa de televisión. No se puede seguir ocultando a las Víctimas del Terrorismo, esa es una voz que hay que escuchar, reconocer y reparar. 



DECRETO "S" Nº 261/75
      
“Buenos Aires, 05 de febrero de 1975.
VISTO.
Las actividades que los elementos subversivos desarrollan en la Provincia de TUCUMAN y la necesidad de adoptar medidas adecuadas para su erradicación:

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA, en acuerdo General de Ministros,
DECRETA:

ARTICULO 1º  El Comando general del Ejército procederá a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la Provincia de TUCUMAN.

ARTICULO 2º  El Ministerio del Interior pondrá a disposición y bajo control operacional del Comando General del Ejército los efectivos y medios de la Policía Federal que le sean requeridos a través del Ministerio de Defensa, para su empleo en las operaciones a que se hace referencia en el Artículo 1º.

ARTICULO 3º  El Ministerio del Interior requerirá al Poder Ejecutivo de la Provincia de TUCUMAN que proporcione y coloque bajo control operacional el personal y los medios policiales que le sean solicitados por el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), para su empleo en las operaciones precitadas.

ARTICULO 4º  El Ministerio de Defensa adoptará las medidas necesarias para que los Comandos Generales de la Armada y de la Fuerza Aérea presten, a requerimiento del Comando General del Ejército el apoyo necesario de empleo de medios para las operaciones.

ARTICULO 5º  El Ministerio de Bienestar Social desarrollará, en coordinación con el Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército), las operaciones de acción cívica que sean necesarias sobre la población afectada por las operaciones militares.

ARTICULO 6º  La Secretaria de Prensa y Difusión de la Presidencia de la Nación, desarrollará a través del Ministerio de Defensa (Comando General del Ejército) las operaciones de acción psicológicas concurrentes que le sean requeridas.

ARTICULO 7º Los gastos que demande el cumplimiento de la misión encomendada por el presente decreto hasta la suma de CUARENTA MILLONES será incorporada a la jurisdicción 46, Comando General del Ejército, correspondiente al Presupuesto del Año 1975.

ARTICULO 8º .Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha.

ARTICULO 9º . Comuníquese, deseé a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.

Maria Estela Martínez de Perón  - Presidente de la Nación.
Antonio Benitez - Ministro de Justicia.
Alberto Rocamora  - Ministro de Defensa.
José López Rega  - Ministro de Bienestar Social.
Oscar Ivanissevich  - Ministro de Cultura y Educación.
Alfredo Gomez Morales  - Ministro de Economía.
Alberto J. Vignes  - Ministro de Relaciones Exteriores.

Ricardo Otero  - Ministro de Trabajo”.

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