Actualmente
se está desarrollando el juicio en el Tribunal
Oral de Santa Fe por la causa denominada "Sambueli, Danilo Alberto y
otros" (Ex Causa 050)
contra ex policías de Reconquista, supuestamente involucrados en delitos de
lesa humanidad. Un testigo denuncia "aprietes"
para cambiar declaraciones y perjudicar a uno de los detenidos.
El abogado defensor de Carlos Nickis, ex
policía investigado en la Causa "Sambueli y otros", develó
que Horacio M. Albarenga, uno de los
testigos de Nickis, ha realizado una
denuncia ante escribano público por
haber sido "apretado" con
palabras amenazantes, recordándole lo que tenía que declarar y sugiriéndole que
piense en él y su familia, acusándolos a Rubén
Maulín y el abogado José Zaragoza,
como los amenazadores, también le prometieron ayuda económica (jubilación) que
serían tramitados por "Lolito" Borsati, un integrante de la Asociación Norte Amplio por los Derechos
Humanos, todo esto quedando constancia en acta ante escribano.
Asociación Norte Amplio por los Derechos Humanos
Ante
estas circunstancias, el abogado defensor
de Nickis pidió la anulación del juicio, algo a lo que el Tribunal Oral no accedió.
"Acá te traemos la declaración para refrescarte la
memoria, ya que tenés que declarar próximamente y tenés que hacerlo bien", manifestó como testimonio en la escritura pública el testigo Albarenga.
Este
medio tuvo acceso exclusivo al acta refrendada ante escribana Daniela Alegre por parte del testigo Albarenga, cuyo texto señala:
ACTA DE MANIFESTACION. HORACIO MARIO ALBARENGA ESCRITURA
NUMERO VEINTICINCO (25) En la ciudad de
Reconquista, departamento General Obligado, provincia de Santa Fe, República
Argentina, a quince días del mes de Febrero del año dos mil trece, ante mí
Escribana Pública Autorizante, Daniela Alejandra Alegre, titular del Registro
656, comparece el Señor HORACIO MARIO ALBARENGA, DNI 11.412.474, mayor de edad,
que manifiesta ser argentino y con domicilio real en la calle Moreno 631 de la
ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, a quien individualizo conforme
inciso c) del Artículo 1002 del Código Civil. Interviene por sí y expresa:
Primero: Solicita que proceda a dejar constancia en acta, de sus
manifestaciones y/o relato.-
Segundo:
Estando dentro de mi jurisdicción acepto el Requerimiento. I) Siendo las 12.45
horas del día de la fecha nos reunimos con el requirente a fin de dejar
asentado en acta su relato, que comienza de esta manera: "El día jueves 07
de Febrero del año 2013 y siendo aproximadamente las 18:45 hs, estaba en mi
domicilio, cuando un auto marca Renault modelo Clio, color negro, modelo 2010,
patente IOA 041, tras dar varias vueltas a la manzana, estaciona frente a mi
casa y bajan de su interior dos personas de sexo masculino, a quienes
atendiendo en la vereda, pues allí me encontraba por el calor que hacía. Me
preguntan si era Albarenga, entonces uno de ellos, el más joven, me dice
"Acá
te traemos la declaración para refrescarte la memoria", ya que tenés que
declarar próximamente y debes hacerlo bien. Me invitan para reunirme con la
Dra. Lucila Pujol para asesorarme sobre mi declaración, reunión que sería el
día Sábado 09 de Febrero a las 17 hs, en las sede del Sindicato de Trabajadores
Municipales.
Además
agregan que el día 08 de Febrero a las 11 hs. esta citado el Sr. Bernabé
Aranda, como que el día Lunes 11 de Febrero, también estaba citado el Sr. Raúl
Pinto. Todos para ser asesorados con la Dra. Pujol en sus respectivas
declaraciones. Entonces le pregunto quiénes son a lo que contestan: Rubén
Maulin y Dr. José Zaragoza; quien me manifiesta que él estuvo presente cuando
declaré en el año 2008. El Sr. Maulin me comenta que no veía la hora que esto
se terminara, porque él no podía hacer cambio de domicilio de su hijo. La
conversación giró siempre en que debía declarar bien. Ambos eran insistentes al
respecto, hasta me insinuaron que debía pensar en mi familia. Esta conversación
fue observada por la Sra. Angélica Pirani, desde la esquina, quienes al darse
cuenta de dicha presencia, se subieron al auto y se retiraron rápidamente del
lugar. Que el día sábado 09 de Febrero, siendo las 10 hs, se hace presente en
mi domicilio, la Sra. Elvira Ana Dieringer, para avisarme que se suspendió la
reunión de la tarde programada para las 17 hs. que mi cónyuge salió a
preguntarle para qué era la reunión y la Sra. Dieringer le dice que era para el
trámite de la jubilación por haber estado detenido, que yo había entendido mal,
que no era para ser asesorado por la Dra. Pujol en su declaración. Que no es la
primera vez que me visitan. Que en otras oportunidades lo hizo el Sr. Bernabé
Aranda quien me ofrecía ayuda económica o cualquier otra cosa que necesitaba
para mi salud, me invitaba para que vaya a las reuniones los días Viernes a las
20 hs en el Sindicato de Trabajadores Municipales, lugar donde se reúne la
Asociación Norte Amplio por los Derechos Humanos, para ser atendido por el Sr.
Raúl Borsatti. En una de las visitas, el Sr. Bernabé Aranda, me proporciona un
numero de celular: 0342 - 5357789; perteneciente al Sr. Borsatti; para que me
comunique con él porque es el que maneja el tema de la jubilación. Que sé que
esto también ha sucedido con otros testigos. Que a raíz, de este hecho siento
temor por mi seguridad física, como por la seguridad de mi familia. Que el
automóvil Renault Clio dominio IOA 041 ha pasado varias veces más por la puerta
de mi domicilio, que lo hace en forma lenta y despacio, con masculinos en su
interior. Que me siento muy aterrorizado y amedrentado, puesto que soy testigo
de descargo de uno de los imputados y es mi deseo decir la verdad de los hechos
y del armado de este juicio. Que no quiero terminar como el testigo de la
tragedia de Once. Que quiere dejar constancia de lo sucedido, por cualquier
cosa que me suceda a mí o a mi familia". Dando por finalizada mí
diligencia, Leída y Ratificada firma el requirente de conformidad por ante mí,
que doy fe. Hay una firma ilegible perteneciente a Horacio Mario Albarenga ante
mí Escribana pública autorizante Daniela Alejandra Alegre esta mi sello
notarial.
El
juicio de la causa denominada "Sambuelli, Danilo Alberto y
otros" (ex causa 50/06), se inició el 19 de noviembre de 2012, en
el Tribunal Oral Federal de la ciudad de
Santa Fe, incluye crímenes de lesa humanidad perpetrados en el norte
santafesino durante el terrorismo de Estado.
La
causa se inició a partir de una denuncia interpuesta ante la Fiscalía Federal Nº 1 de Santa Fe.
Investiga el accionar represivo respecto a hechos cometidos en la ciudad de
Reconquista durante la última dictadura militar. Está previsto que presten su
declaración 66 testigos.
Los imputados, Danilo Alberto Sambuelli, Jorge
Alberto Benítez, Carlos Armando
Nickisch, Rubén Vicente Molina, Eduardo Antonio Luque, Arnaldo Máximo Neumann y Horacio Osmar Machuca, son investigados
por distintos delitos.
Sambuelli y Benítez eran militares que cumplían
funciones en la Brigada Aérea de
Reconquista y los restantes eran ex
policías de la Provincia de Santa Fe.
NOTA: Las imágenes y
negritas no corresponden a la nota original.
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