domingo, 22 de julio de 2012

¿De qué decoro hablan estos jueces?



María Laura Olea es abogada y funcionaria judicial; trabaja en el Poder Judicial de la Nación hace 26 años, su padre el señor General de Brigada (R) don Enrique Braulio Olea es uno de los tantos Presos Políticos de la Argentina.  En el 2008 fue injustamente condenado a 25 años de prisión. Ella participa en la defensa de su padre desde que comenzó aquel juicio en el año 2008, siempre lo hizo con conocimiento, y autorización de sus superiores,  y dentro del marco legal y reglamentario para ese tipo de situaciones.

La Cámara de Casación Penal le inició una instrucción sumarial y no le comunicó absolutamente nada a María Laura, quién se enteró de ello por un artículo publicado por el diario Página 12. En otro artículo del mismo pasquín, escrito por Irina Hause, tomamos conocimiento que en un plenario de “superintendencia” celebrado entre los presidentes de cada sala, el jueves último resolvieron “el cese inmediato” de su “actuación en calidad de defensora particular” ante la propia Casación “por motivos de decoro”.

¿De qué decoro nos hablan estos jueces que abdicaron de su juramento de respetar y hacer respetar la Constitución Nacional? Quienes se han permitido avasallar el estado de derecho que regía a la justicia argentina, para cumplir con una venganza impiadosa del poder de turno. A tal fin “diseñaron un nuevo derecho… que constituyen verdaderas aberraciones jurídicas” con el cual juzgaron y juzgan a los miembros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Policiales, del Servicio Penitenciario y a otras personas del estado argentino que vencieron al terrorismo hace 36 años. Estas son algunas de las “aberraciones jurídicas” a las que son sometidos los Presos Políticos:

1.   Condenas anticipadas por aplicación de prisiones preventivas permanentes, que superan en años los límites máximos fijados por la ley, en violación al principio constitucional de inocencia.
2.   Denegación de excarcelaciones, y  consiguiente mantenimiento de las prisiones preventivas no ajustadas a sus fines cautelares
3.   Elección del derecho con el que se va a juzgar  y violación a la garantía del juez natural.
4.   Anulación de las leyes de punto final y obediencia debida, en abierta violación al principio de división de poderes.
5.   Violación del principio de prescripción de los delitos comunes imputados.
6.   Violación del principio de igualdad ante la ley.
7.   Violación del principio de irretroactividad de la ley penal más gravosa.
8.   Violación del principio de cosa juzgada y negación de los derechos adquiridos.
9.   Violación del principio de aplicación de la ley más benigna Esto es lo mismo que 6... Lo cambiaría por este: Inversión de la carga probatoria, es decir,  violación al principio de inocencia, en tanto los imputados se presumen culpables.
10.               Violación a la prohibición de aplicación analógica de la ley penal  y desconocimiento de la responsabilidad individual.
11.               Violación del principio de territorialidad.
12.               Violación del principio Nullum crimen sine lege praevia.
13.               Permanente adaptación del derecho a las necesidades políticas y por tanto afectación de la independencia e imparcialidad del juzgador
14.               Violación del principio de  doble instancia.
Mientras tanto a  María Laura Olea EN DEFINITIVA se la acusa de EJERCER LOS DERECHOS QUE LA LEY LE RECONOCE , de ejercer leal y fielmente de acuerdo que a lo que mandan las leyes y la Constitución Nacional, el derecho de defensa de su padre, Enrique Braulio Olea.
Parece que han  olvidado también  que: Nadie  puede ser obligado a hacer algo que la ley no manda, ni prohibido de hacer lo que ella no prohíbe (art. 19 de la CN).

Sus “presuntas faltas al decoro” están debidamente autorizadas por las leyes que regulan el ejercicio de la abogacía y  el Reglamento para la Justicia Nacional, el que ahora pretenden reformar para que no se permita… lo hoy permitido. Sin embargo, los jueces no podrán modificar  la ley,  pues sólo el poder legislativo está facultado para ello. Estamos ante otro caso de discriminación, de denegación arbitraria de derechos reconocidos por ley, de afectación al legítimo ejercicio del derecho de defensa y de “sanción retroactiva”, ya definida como una de las “aberraciones jurídicas”.

Vale aclarar que según dichos de otros compañeros de trabajo de la Dra. Olea, ES FALSO que la hayan "sorprendido" habiendo "irrumpido" en un despacho mirando el expediente. Siempre se dirigió a mesa de entradas como cualquier abogado y si alguna vez ingresó a una oficina, fue porque así se lo indicó el personal del tribunal. Jamás usó su condición de secretaria para obtener alguna atención especial, siempre fue atendida sin ninguna “consideración especial” y con más "recaudos" que a cualquier otro abogado. Todos los recursos que presentó, excepto uno, fueron rechazados.

Nos volvemos a preguntar: ¿de qué decoro nos hablan estos jueces? ¿Del decoro del juez Norberto Oyharbide y sus continuos escándalos? ¿Del decoro del juez Eugenio Zaffaroni y su plantita de marihuana en el balcón o sus departamentos alquilados como prostíbulos? ¿Del decoro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se encargó de "remover los obstáculos" que se presentaban para la concreción de los derechos humanos como  política de estado, y a partir de allí poder juzgar hechos ocurridos hace 36 años?, ¿del decoro de los ministros de la Corte que publicitan sus libros a través de medios oficiales como es el CIJ? Señores jueces antes de hablar de decoro, deberían mirarse al espejo y empezar a hablar de derecho. La Dra. María Laura Olea tiene derecho a defender a su padre –como lo establece la reglamentación y ley vigente- y a mantener su puesto de trabajo.

Una vez más levantamos nuestra voz hacia el poder de turno, no puede continuar con esta venganza selectiva… es su obligación como presidente de todos los argentinos garantizar el debido proceso, la igualdad ante la ley y por sobre todo lograr la unión de la sociedad para superar las antinomias que después de 202 años aún nos mantienen divididos. Es hora de conciliación, unión, concordia y justicia completa… sin odios, ni venganzas, es hora de una mirada superadora.





1 comentario:

  1. Mi solidaridad con la Dra. María Laura Olea, excelente profesional y excelente persona.
    La Justicia no puede quitarle a su padre su defensor de confianza. Lo que han ordenado estos jueces indecorosos es un abuso de poder.
    Un abuso al que ya nos tienen acostumbrados, en este circo kirchnerista en el que el Poder Judicial representa el papel de payaso.

    ResponderBorrar

No dejar comentarios anónimos. Gracias!