SEÑORES
DIARIO CASTELLANOS.
Les
escribo respecto al artículo que se encuentra al pie del presente. Veo que es
de Junio del 2012 pero no ha perdido actualidad. Casi 6 meses después las cosas
están mucho peor. La política continúa avanzando sobre la justicia y la HIPOCRESÍA sigue caracterizando a la
política y lo medios.
Comparto
su artículo desde la primera palabra a la última. Y como digo siempre “En un país donde lo QUE CORRESPONDE no es
lo normal, cuando uno se encuentra con una perlita debe destacarla”.
En
este caso, su artículo dice cosas que son conocidas por quienes al menos
transitamos los 70. Pero todos las callan. Por Cobardía, por Hipocresía, por
Dinero, etc.
PERO USTEDES LO ESCRIBIERON….
Muchas
gracias.
Cnl (R-PPP) J.C. Alsina.
Ciudadano
Argentino víctima de la ILEGALIDAD y CORRUPCIÓN del Estado.
CN. Artículo 18: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio
previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones
especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la
causa...."
jueces ¿y?
Diario
CASTELLANOS de RAFAELA – EDITORIAL
Ni justicia
Miércoles
19 de junio de 2012 -11:06
Si
hay un elemento que marque la parcialidad de los juicios incoados contra
militares del Proceso, no es otro que el
hecho que todos ellos deben ser condenados antes de ser juzgados, o que no
existe la posibilidad que alguno pueda ser sobreseído. Pocos se animan a
plantear esto, ni siquiera muchos altos jefes militares en retiro. Los que
están en actividad han trazado un espacio insalvable con sus jefes de otrora.
El
procedimiento se repite una y otra vez. En caso de que el tribunal presente
dudas sobre su decisión final, se monta una «movida»
mediática. Los representantes (dueños, tal vez) de los derechos humanos,
comienzan con sus declaraciones y calificaciones sobre la marcha del proceso;
sobre quienes declaran, si lo hacen a favor de los acusados; y marcan
perfectamente el terreno, deslizando al pasar, la posibilidad de un juicio
político para quien dicte, no ya justicia, sino una condena menor.
En
Paraná, ciudad entrerriana a orillas del Uruguay, se sustancia un juicio contra
Albano Harguindeguy, ex ministro del Interior del proceso[1], y Naldo Miguel Dasso[2],
ex jefe del Regimiento de Caballería de
Tanques 6 Blandengues con asiento en Concordia
entre 1975 y 1976 y, a la vez, jefe del Área de Defensa 225, en el que
se investiga las desapariciones forzadas de Sixto Zalasar y Julio
Alberto Solaga, y la privación ilegal de la libertad Juan José Durantini.
Las
declaraciones de tres testigos de la defensa: Eduardo Caminal, un productor
agropecuario ex presidente de la Sociedad Rural de Concordia; Roberto Julio Ildarraz consignatario de
hacienda y propietario rural; y el abogado
Jorge Aragón, un ex intendente de
esa ciudad, han encrespado las aguas.
Para
el Delegado de Derechos Humanos, profesor Rubén Bonelli, no cabe la
defensa. Una carta firmada en su momento por los declarantes pidiendo el ascenso a general de Naldo Dasso (aunque también lo hicieron el obispo de Concordia, el gerente del Banco Comercial, el titular del Centro Industria y Comercio, Mauricio Furman en representación de la Unión Israelita, Manuel Cortina por el Rotary Club, y un miembro de la Cámara Junior) pasó a
ser un elemento descalificador. Su prédica sobre la importancia de estos
juicios es porque "así sale a la luz
cuál fue el sector de la sociedad que apoyó y fue cómplice de los represores,
cuál fue su conexión civil". Si Bonelli
pusiera tanta vehemencia en investigar al propio gobierno se encontraría con
que forman parte de él, muchos que en su momento aplaudieron felices el 24 de
marzo de 1976, o que colaboraron entregando a los propios.
Pero
indudablemente lo que más indignó a Bonelli
fueron las palabras de Ildarraz, es
decir, que alguien planteara a viva voz lo que mucha gente se pregunta en
silencio: ¿Por qué juzgar a una sola
parte? ¿Por qué no juzgar a los guerrilleros? ¿Por qué no reconocer que se
vivía en un estado de guerra interna?
Muchos
les podrán estar en desacuerdo con la posición de Ildarraz, pero no ha hecho otra cosa que expresar su sentir. Pudo
haber sido secuestrado en aquella época. Pudo no haber vuelto.
¿Por qué no puede opinar como le plazca?
¿Quién lo puede obligar a la cobardía hipócrita -en que incurrieron muchos- de
desconocer «social y civilmente» al Teniente Coronel Naldo Miguel Dasso, en
ese entonces jefe del regimiento de
Concordia.
Cuando
alguien pueda explicar por qué, asesinar militares o civiles y, también niños,
no fue un delito de lesa humanidad y sí, si lo ha hecho la otra parte, tal vez
esta situación resulte comprensible. Si hubiese un criterio de juzgar a todos,
de una y otra parte, también.
Pero no lo es, cuando con una venganza se trata de disfrazar
de justicia.
[1]
El ex ministro del Interior durante la presidencia de facto de Jorge Videla,
Albano Harguindeguy, murió EL 20/10/2012
a los 85 años de edad.
[2] Recientemente la Fiscalía pidió prisión perpetua para dos imputados en el juicio oral por
crímenes en Entre Ríos. Lo requirió en su alegato, ante el Tribunal Oral
Federal de Paraná, para Naldo Miguel Dasso.
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