Debe ponerse fin a la contradicción entre la defensa de los
derechos humanos y el irregular tratamiento para muchos detenidos sin condena
El respeto al derecho, la razón y la equidad son tres de los
mandatos que se conjugan en la palabra justicia, pero cuyo significado
universal, inequívoco, no es otro que el
de ser justos, actuar y proceder como demanda la ley. En las últimas
semanas, a raíz de los juicios en los que se investigan delitos de lesa humanidad,
112 personas con prisión preventiva, muchos de ellos adultos mayores, enfermos,
enviaron peticiones de medidas cautelares a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) para que cesen los tratos crueles y degradantes a los
cuales muchos de ellos denuncian ser sometidos en las cárceles desde hace años.
Los peticionantes son miembros de las Fuerzas Armadas,
policiales y de seguridad, al igual que civiles procesados en las mencionadas
causas judiciales. El propósito de las
denuncias ante la CIDH es que el Estado argentino se ponga a derecho y les
conceda la prisión domiciliaria o las excarcelaciones por exceso en los plazos
de prisión preventiva; es un trato no sólo acorde a su edad, sino también a la
necesidad de acceder a los centros de salud para tratar sus dolencias. No
hay que pasar por alto dos hechos que agudizan su situación. Por un lado, la
avanzada edad de los solicitantes urgidos por obtener respuestas; por otro, la
ausencia de condena firme que, en los hechos, no significa otra cosa que una
muerte segura en cautiverio. Lo
confirman los 355 fallecidos en esa condición.
En una reciente entrevista con LA NACION, Graciela Fernández Meijide,
integrante de la Comisión Nacional sobre
la Desaparición de Personas (Conadep), referente de los derechos humanos y
madre de un adolescente desaparecido, argumentó, con la claridad y la valentía
de siempre, acerca de la idea que tiene del castigo. Estas fueron sus palabras:
“Creo en la Justicia y en los derechos
humanos si puedo pedir el mismo nivel de justicia para mi hijo que para mi peor
enemigo”. Recordó que, al volver la democracia, se instaló la posibilidad
de cursar estudios universitarios en las cárceles comunes, pero que a los
presos militares se les prohíbe estudiar. “¿Cuál
es el argumento? Es la sinrazón. En el caso de Videla, un tipo que estaba anticoagulado, viejo, con quebradura de
cadera, que se iba en sangre... A lo mejor se moría de la misma manera en su
casa, pero, ¿qué ventaja sacó el país dejándolo en prisión en ese estado? ¿Qué
ejemplo estamos dando?”, se preguntó.
Los interrogantes de Fernández
Meijide sacan a la superficie lo que tantos prefieren ignorar con la
actitud propia del fanático que redobla sus esfuerzos aunque haya olvidado los
objetivos. “Cuando los militares
secuestraron y mataron con mayor sadismo a los militantes del ERP y Montoneros,
no los trataron como seres humanos, hicieron venganza. ¿Vamos a hacer lo mismo?
¿Qué nos diferencia? ¿Para qué construimos entonces una democracia con
instituciones distintas? Yo digo, ¡para que respetemos la ley, carajo! Por eso,
uno no puede ser juez y parte. Nunca podría haber juzgado a los que mataron a
mi hijo, porque, por supuesto, quiero retorcerles el cogote. Tiene que ser
alguien que pueda ser objetivo, aunque se indigne por el hecho, pero que pueda
tomar la distancia que marcan todos los códigos de procedimiento”, afirmó.
Desde estas columnas hemos denunciado que el régimen
penitenciario al que se encuentran sometidos tantos de estos detenidos sin
condena, alojados en las cárceles de Marcos Paz, Ezeiza y en otras del interior
del país, es violatorio de la Constitución Nacional, de las normas internas y
de los pactos internacionales que ha suscripto la Argentina. Hay que destacar,
sin embargo, la clara posición asumida tanto por la CIDH como por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. Son órganos del sistema interamericano que,
en forma unánime, consideran que un Estado es responsable de brindar las
garantías para el ejercicio de los derechos humanos a las personas de su territorio,
en especial a quienes están bajo su custodia como es el caso de los privados de
su libertad.
Los argumentos de la petición y de la solicitud de medidas
cautelares que se han presentado son concordantes con lo que fijan los
instrumentos internacionales y se basan en los informes de la CIDH y en la
jurisprudencia de la Corte Interamericana. Más de un centenar de detenidos
recurren a esta nueva instancia de mediación para que avale sus derechos. No
están solos. Ha pasado tiempo suficiente para que se dé respuesta a una
contradicción insostenible entre el respeto a los derechos humanos que tanto se
proclama y la violación que significa el tratamiento de personas a quienes la
Justicia parece ignorar.
NOTA: Las
imágenes y destacados no corresponden a la nota original.
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