lunes, 15 de mayo de 2017

¿LA PASIÓN O LA RAZÓN?


La sobreactuación del sector político expresado a través del Congreso de la Nación y declaraciones de los funcionarios de turnos, sumado al griterío de la izquierda vernácula, hace mucho ruido y trae temores de aumentar la inseguridad jurídica que se pone de manifiesto a diario en los llamados juicios de lesa humanidad. Esperemos que la razón predomine sobre la pasión y se cumplan las leyes en el buen sentido de la palabra.



FELICITACIONES

Felicito efusivamente a los doctores Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Elena Highton por haberse atrevido a fallar conforme a derecho en el caso Muiña, al aplicar el "dos por uno" dejando de lado razones de odio o cobardía que pudieron impulsarlos a votar en sentido contrario.

Juan Luis Gallardo

ILEGALES Y NULOS

El debate de la ley del "dos por uno" oculta la cuestión de fondo: que los juicios llamados de lesa humanidad son ilegales, inconstitucionales e insanablemente nulos; en consecuencia, los fallos derivados, "cosa juzgada írrita". Inconstitucionales, porque vulneran el artículo 18 de la Constitución, e ilegales, porque desconocen el principio jurídico universal de legalidad. Por otra parte, los más de 2400 imputados fueron acusados erróneamente de genocidio (artículo 6 del Estatuto de Roma, actos perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional -fueron combatidos por su carácter de beligerantes y no por ser argentinos- étnico, racial o religioso) y arbitrariamente enjuiciados por la comisión de crímenes de lesa humanidad (artículo 7 del Estatuto de Roma: actos que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil). Además, el Estatuto de Roma (1998) se incorpora a la legislación argentina por ley 25.390 del 9 de enero de 2007, prohibiendo expresamente el artículo 25 su aplicación retroactiva. La incorporación a la legislación argentina de la convención internacional que establece la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad fue por el decreto 579 de 2003. España (la Audiencia Nacional), Francia (Corte de Casación) y la misma Corte Penal Internacional emitieron fallos coincidentes en el sentido de que los delitos cometidos con anterioridad a la promulgación del Estatuto de Roma se encuentran prescriptos.

Genocidio, lesa humanidad, 30.000 desaparecidos, constituyen un falso relato que derivó en el arbitrario enjuiciamiento de más de 2400 imputados y hasta ahora en la muerte de 404 personas en injusto cautiverio. ¿Un genocidio al revés?

Juan Miguel Giuliano
General
DNI 4.866.846

PRESUNCIÓN

Pablo García Aliverti atropelló hace cuatro años alcoholizado a un vigilador que circulaba en bicicleta por la autopista Panamericana rumbo a su trabajo. Luego del accidente, sin frenar, condujo unos 17 kilómetros hasta un peaje, con el cuerpo de la víctima sobre el automóvil. Durante estos cuatro años esperó su sentencia en libertad y fue sentenciado a cuatro años, por lo cual quedó libre. Y me pregunto, ¿por qué los presos de los juicios mal llamados de "lesa humanidad", con edad promedio de 74 años, en la mayoría de los casos sin juicios ni condenas, siguen siendo prisioneros ilegales de esta injusta justicia? En la Argentina, el "principio de presunción de inocencia" sólo corre para los que cometen crímenes comprobados como García Aliverti. Las Fuerzas Armadas, de seguridad y los policías del 70 son juzgados y condenados de antemano por la justicia tuerta.

Lucas José Alfaro Jones
DNI 35.169.352




UN PAÍS QUE NO SABE LO QUE QUIERE

La Argentina vive en un permanente circuito de hacer y deshacer. Las leyes de obediencia debida y punto final fueron votadas por nuestro Congreso y años después, el mismo Congreso las declaró inexistentes, cosa rara en el derecho que conocemos en Occidente. La Corte Suprema las declaró constitucionales y años después inconstitucionales. Pasó algo parecido con el "dos por uno" que tanto revuelo ha desatado en parte de la ciudadanía. La conclusión que uno saca de estos pocos ejemplos es que nuestro país es institucionalmente inestable y su sociedad, emocionalmente inestable.

Después de generaciones de alabar a Cristóbal Colón por la hazaña de su descubrimiento, hoy resulta que es un genocida. El general Roca, que era un estadista que consolidó la geografía actual del país, homenajeado en los billetes de 100 pesos que lleva su imagen, también es un genocida. El Che Guevara, de asesino serial pasa a ser héroe y lo ponemos en las estampillas.

País sin rumbo, sin estabilidad y sin seguridad jurídica, con una sociedad que no sabe qué es lo que quiere, excepto salvarse a sí misma a costa de quien sea. Así no se puede construir un país desarrollado, moralmente sano y socialmente justo. Este círculo vicioso de hacer y luego deshacer configura una situación que hace inviable a nuestro país como Estado moderno.

Florencio Olmos
DNI 5.941.080

CUMPLIR CON LA LEY

Nuestro país ratificó el Estatuto de Roma (1998) cuya vigencia corre desde enero de 2001, habiendo sido reglamentado recién en 2007. Dicho Estatuto crea la figura de los crímenes de lesa humanidad, que hasta ese momento no existían y establece que los únicos delitos que no prescriben son los de la competencia de la Corte y que, para determinar esa competencia, debe tratarse de hechos ocurridos después de la entrada en vigor del Estatuto. Su implementación fija que ninguno de los delitos previstos en ese instrumento puede ser aplicado en violación del principio de legalidad consagrado en el artículo 18 de nuestra ley fundamental, que reza que "ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso". No existe absolutamente ninguna duda sobre la imposibilidad de aplicar esa normativa a acciones llevadas a cabo en la década del 70. En la sentencia de condena del célebre juicio a las juntas militares, la Cámara Federal jamás mencionó los crímenes de lesa humanidad y ello, por la sencilla razón de que, a la sazón, no existían. Como claramente podemos ver, todos los hechos que se ventilan en los tribunales federales y que mantienen privadas de su libertad en paupérrimas condiciones de hacinamiento a alrededor de 2000 personas, con 404 muertos, se refieren a sucesos ocurridos en la década del 70, muchísimos años antes de que viera la luz el vapuleado Estatuto de Roma y, consecuentemente, sin ninguna posibilidad legal de que el mismo sea aplicado en ninguno de esos casos. Todo está prescripto, aun teniendo en cuenta la letra del Estatuto. La libertad es la única solución legal para este gravísimo entuerto.

Qué sentido tiene discutir en esos casos la ley del "dos por uno" de la manera brutal en que se lo está haciendo en los medios, debates en los cuales lo único que afloran son viejos resentimientos a costa de los cuales se pretende vulnerar la ley. Tampoco resiste el menor análisis la detención del teniente coronel Emilio Nani, ordenada hace pocos días por un juez federal de Mar del Plata, por supuestos hechos acaecidos hace 40 años. Y, finalmente, tampoco y por esas mismas normas, debo decirlo, se podrá llevar a juicio a los responsables de las organizaciones guerrilleras que protagonizaron los sangrientos atentados y secuestros en aquella época. Nos guste o no nos guste, se debe cumplir con la ley.

Francisco García Santillán
DNI 10.661.522

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