Circular
108
“El militar es el único ciudadano que en su
juramento profesional se compromete a defender a la patria hasta perder la
vida”. Ing. Agustín Rossi (Ministro de Defensa,
17/12/2019 - Infobae).
1. La Ley de Emergencia Económica
Esta
ley recientemente sancionada, contemplaba inicialmente una fuerte intervención
del gobierno sobre los ingresos de la Clase Pasiva, incluyendo la
desvinculación del régimen de Retiros y Pensiones militares de la Ley 19.101,
de modo que los aumentos a otorgar al personal en actividad no se trasladaran a
los retirados.
Aparentemente,
los planteos realizados por los jefes de los estados mayores al Ministro de
Defensa y al Presidente de la Nación y Comandante en Jefe de las FFAA, hicieron
que se retirara la propuesta del texto inicial (al igual que pasó con los
docentes, los judiciales, etc.), quedando el compromiso de trabajar en un
proyecto de modificación de dicho régimen, en el término de 180 días.
Cabe
aclarar que el sistema de retiros militares es un Régimen Especial, pero NO ES
DE PRIVILEGIO, ya que contempla situaciones que se dan en la vida castrense que
no tienen paralelo en la actividad civil (Ver: “Por
qué es una Falacia Comparar el sistema de Retiros Militares con el sistema
jubilatorio común”).
Nuestra
Asociación tiene previsto participar intensamente de la discusión que se
llevará a cabo, para lo cual está constituyendo un Equipo de Trabajo Especial
con otras organizaciones interesadas, con profundos conocimientos en la materia
y sobrada capacidad, en defensa de los derechos e intereses de toda la Familia
Militar, tal como lo contempla nuestro Estatuto.
Ofrecemos
a las autoridades de las FFAA, y al Sr. Ministro de Defensa en particular, que
ha tenido recientemente claras expresiones de apoyo moral y material hacia los
integrantes de las FFAA, nuestro aporte sincero en la búsqueda de la mejor
solución para la cuestión planteada.
Esperamos
contar con el apoyo de nuestros camaradas, tanto en retiro como en actividad,
ya que todos nos veremos afectados si la eventual modificación de la Ley 19.101
no se realiza con la objetividad y criterio que corresponden.
2. Saludo Navideño
Los
mejores deseos de paz y prosperidad en estas tradicionales fiestas de navidad y
año nuevo para nuestros asociados, camaradas de armas y organizaciones afines a
nuestro quehacer institucional, en particular para los que sufren injusta
privación de su libertad, para los que padecen enfermedades y quienes enfrentan
dificultades económicas.
A todos ustedes:
¡¡¡FELIZ
NAVIDAD!!!
Buenos
Aires, 22 de diciembre de 2019.
Miguel
Ángel Artuso Francisco Ricardo Verna
Suboficial Mayor (R) FAA Coronel (R)
Secretario Presidente
Suboficial Mayor (R) FAA Coronel (R)
Secretario Presidente
Unión del Personal Militar Asociación Civil -
U.P.M.A.C.
Domicilio
Legal: Uruguay 654 – 9º piso – Of. 907 – CABA
Tel. (011) 4372-0291 - www.upmac.org.ar
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Sede
Social: Alberti 1665 – 14 / “A” – CABA
Tel. (011) 5330-5855 / 2066-6646 - info@upmac.org.ar
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Yo creo que la ley 19101 no se debe modificar ya que llevo 22 años retirado y aportando el 11 % de mi sueldo al IAF, como hacen para devolver todos los aportes hechos.
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