por Mauricio Ortín
Políticos -opositores
y oficialistas- intelectuales, periodistas y, en general, aquellos que
frecuentan los medios de comunicación hace mucho que han dado por cerrado el
debate sobre la legalidad los juicios por crímenes de lesa humanidad. Dan por
descontado que son justos y que todo aquel que por esa época vistió uniforme
debe estar necesariamente bajo sospecha de genocidio (César Santos Gerardo del
Corazón de Jesús Milani está en ese trance). Para los jueces, está probado que
existió un Plan Sistemático de Aniquilamiento de la Población Civil y con eso
basta para condenar a cualquiera que entre en dicha bolsa. Con la sola
declaración del querellante sobra para enviar a un “represor” a cadena perpetua. Eso sí, con los avales
correspondientes de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y las de las
provincias. En todos los fallos de lesa humanidad (enfatizo, todos) esos
señores que conforman el tribunal y que, por una cuestión de costumbre o vaya
uno a saber por qué llamamos jueces, se encargan meticulosamente de advertir
que ante la contradicción entre las partes el testimonio de las víctimas tiene
más valor de verdad que la de los acusados. Ello porque son considerados
testigos necesarios, dado que en los hechos que se juzgan, por lo general, se
cometían en la clandestinidad, ocurrieron hace varias décadas y, por ello
mismo, no existen pruebas. Dicho en pocas palabras, para los tres señores que
ostentan el título impropio y que están sentados tras el estrado: el acusado,
dice la verdad, sólo cuando sus palabras coinciden las del denunciante; éste
último, a su vez, nunca miente. Esta burda, alevosa, rastrera, ignominiosa y
cruel patraña (Stalin, tenía más respeto por las formas) deja en manos de
cualquiera la libertad, la honra, la hacienda y la vida de los uniformados de
esa época. Esta y no otra es la maloliente “justicia”
que imparte el estado argentino y que tolera y hasta aplaude la sociedad en su
conjunto.
La
juventud maravillosa
Para los que
pertenecieron a la “juventud maravillosa”,
en cambio, está el goce de ser considerados víctimas-héroes. Una suerte de Bill
de indemnidad que perdona, oculta y/o enaltece sus actos “revolucionarios” de antaño. “Pecados
de juventud”, “travesuras de
muchachos idealistas”; La prensa, políticamente correcta, prefiere
referirse así a los asesinatos, secuestros extorsivos, toma de cuarteles,
asaltos demás horrores. No es el caso de Nelson Castro; él dice: crímenes;
pero, eso sí, siempre aclarando que los de los militares fueron “infinitamente” más graves. Lo de “infinitamente…”, aducen, es la razón
por la que -para la Justicia- unos prescriben y otros no. Nelson Castro ¿se
equivoca o tiene razón? Nada mejor que ir a las cosas para averiguarlo.
Comparemos, por
ejemplo, dos hechos con sus respectivas causas e imputados: 1) el traslado en
el año 1976 de 90 detenidos desde de la Cárcel de Villa Gorriti de la capital
jujeña hasta el aeropuerto El Cadillal y desde allí hasta la ciudad de La
Plata; 2) el atentado con bomba durante el mismo año al comedor de la
Superintendencia de Seguridad Federal.
El
crimen de lesa humanidad del traslado
El 7 de octubre de
1976, el entonces Tte. 1º, Horacio Marengo, bajo el mando del Coronel Bulacio,
habría sido uno más de los soldados que participó en el traslado de 90
detenidos desde de la Cárcel de Villa Gorriti de la capital jujeña hasta el
aeropuerto El Cadillal (trayecto de no más de 20 km, se cubre en
aproximadamente 20 minutos). Unos diez guardiacárceles de la provincia de
Buenos Aires, a su vez, se hicieron cargo de la custodia de los detenidos en el
avión que los llevó desde Jujuy a la ciudad de La Plata (tres horas de viaje).
Todos ellos fueron condenados en primera instancia por “privación ilegítima de la libertad y tormentos” (ninguno de los
trasladados murió o desapareció). Ahora bien, está más que claro en la
instrucción y en la oralidad es que ni Marengo, ni los guardiacárceles fueron
los que detuvieron o privaron -legítima o ilegítimamente- de la libertad a
ninguna de estas personas ¡Fueron retiradas de una cárcel! Es obvio que cuando
aparecen Marengo y los guardiacárceles en escena ¡ya estaban detenidos! Tan es
así que, en los fundamentos de la sentencia, se consigna que se encontraban
detenidos “a disposición del poder
ejecutivo nacional” y el juez Gabriel Casas falla en disidencia sosteniendo
que no hubo “privación ilegítima de la
libertad” de parte de los guardiacárceles. Hay que recordar que estaba
vigente un decreto de Isabel Perón que disponía que las fuerzas de seguridad y
los agentes penitenciarios de todo el país dependían directamente del
comandante de las fuerzas armadas. De allí que, ante una orden de traslado, lo
único que cabía a cualquiera de ellos era cumplirla o insubordinarse. Ni
Marengo, ni los guardiacárceles tenían porqué saber que los prisioneros eran políticos.
Saberlo, tampoco debería agravar su situación procesal. Para los jueces, sin
embargo, para no quedar incurso en la “privación
ilegítima de la libertad”, Marengo debió haberse jugado su carrera militar
y su libertad favoreciendo la fuga de los detenidos apenas los sacó del penal
de Villa Gorriti. Los guardiacárceles, a su vez y con idéntico fin,
secuestrando y desviando el avión a Cuba. En cuanto a los “tormentos” causados durante el traslado por el que también fueron
condenados, las únicas “pruebas” son
las declaraciones de los testigos-necesarios-víctimas. Los guardiacárceles
niegan haberlos cometidos pero, ya lo dije, lo que vale es la palabra de la
querella.
El
acto revolucionario de los “idealistas”
A las 13:20 hs. del 2
de julio de 1976, un artefacto explosivo estalló en el comedor de la
Superintendencia de Seguridad Federal causando la muerte a 23 personas e
hiriendo a unas 60 (mutilados, ciegos y quemados). La mayoría se encontraba
almorzando. La organización terrorista Montoneros, públicamente, se hizo cargo
de la masacre a través de un parte de guerra y del reportaje que concedió el
montonero Mendizábal a la revista Cambio 16. La causa por el atentado la inició
el señor Hugo Biazzo, uno de los heridos. Entre los sindicados como responsables,
además de Firmenich, estaba el subjefe de inteligencia de Montoneros: Horacio
Vertbisky. No llegó a juicio porque según, el fallo de la Cámara Nacional de
Casación Penal, está prescripta. Los jueces Juan Fégoli, Raúl Madueño y Mariano
González Palazzo destacaron la “orfandad
probatoria” y la escasa “seriedad” de una imputación “generalizada” (la autoría confesa de otra época de un terrorista
es nada frente a la negación actual del ahora, testigo-víctima). Ningún
terrorista fue a juicio por (después de la AMIA) el mayor atentado terrorista
de la historia argentina. Por el contrario, Horacio Vertbisky, se ufana de
haber pertenecido a Montoneros y preside la principal organización de DD.HH.
del país. En los juicios de lesa humanidad se desempeña, a pedido de las
querellas, como “testigo de concepto” y
sus dichos son palabra santa para los magistrados. También, el ascenso de
militares y el nombramiento de jueces pasan por su filtro. En fin, para el
poder judicial argentino se podría decir que es casi un héroe (cuando falleció
Juan Gelman -teniente Pedro-, otro de los terroristas implicados en el
atentado, el poder ejecutivo decretó tres días de duelo nacional).
MORALEJA
Para la “Justicia” argentina, el simple traslado
de presos es un crimen “infinitamente más
grave” (Nelson Castro, dixit) que asesinar a 23 personas y mutilar a otras
60 con una bomba. Los jueces que permiten este absurdo moral algún día deberán
rendir cuentas. Mientras tanto, son miles los que sufren cárcel, escarnio e
injusticia y millones a los que la injusticia les importa un carajo.
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