Eduardo Sinforiano
San Emeterio, letrado (CSJN Tº XII Fº 93 Matrícula 33631 – CFALP Tº 201 Fº 389
– CPACF Tº 76 Fº 572, CALP Tº XLVIII Fº 212), en la causa Nº FBB 93000982/2009,
usuario electrónico(CSJN) 20085036999,a V.E. digo:
LEGITIMACIÓN:
Que habiendo sido
designado por el Coronel D. Jorge Alejandro Delme, hijo del fallecido, como su
abogado, en su representación vengo a asumir el presente ministerio y tomar
intervención en la causa.
FINALIDAD DEL
PRESENTE ESCRITO
Que, con fecha 13 de
abril de 2017 se produjo el óbito del Coronel (R) D. Hugo Jorge Delme.
Ello, debido al trato
cruel, inhumano y degradante, a que lo sometieron la totalidad de los miembros
de ese Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca Subrogante, con la anuencia del
público ministerio, ya que sin causa alguna que lo justifique, lo privaron de
su libertad ambulatoria, lo enviaron a una cárcel común, máxime que éste, en
razón de su edad (80 años) y su estado de salud
debería haber estado en prisión preventiva domiciliaria.
Por tal motivo, en el
carácter invocado vengo a solicitar a la jurisdicción la extinción de la
persecución penal de la acción respecto del padre de mi asistido, decretándose
la prescripción a su favor conforme lo autoriza el arts. 59 inc. 1º, CP. Ello,
más allá de no existir a su respecto sentencia condenatoria firme, ni
consentida.
En síntesis, el Señor
Coronel Delme ha fallecido en estado de inocencia, aunque esto pueda molestar
al tribunal o a los fiscales militantes, o a la querella, dado que la acción
penal a su respecto se ha extinguido, por lo que debe cesar toda persecución
penal, por parte del estado en contra de él, descontando desde ya, que no ha de
ser intención de V.E. ampliar su jurisdicción terrenal, para seguir con tal
persecución en el más allá, pues el honesto y valiente militar fallecido, quién
integró las filas del Ejército Argentino, siempre se guió por el camino que le
marcaron, los Generales D José de San Martín y Juan Manuel Belgrano, por lo que
hoy, sólo puede ser juzgado por Dios, fuente de toda razón y justicia, quién
seguramente lo absolverá en esta injusta y política causa por la que se lo
persiguió e inhumanamente se lo trató.
Oportunamente, se
deje sin efecto toda medida restrictiva de carácter patrimonial decretada
respecto del mismo por ese tribunal, para lo cual solicito de y para el caso de
ser necesario se ordenen librar los oficios de estilo, autorizándose al
suscripto a diligenciar los mismos y a suscribir las minutas de estilo.
Sin perjuicio de todo
ello, y siendo de real interés de la familia de mi defendido, de concurrir por
ante la Honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos(O.E.A.), con sede
en Washington, y ante la CPI, a fin de formular la pertinente denuncia por la
violación de los Derechos Humanos de su padre, por parte de la jurisdicción y
del representante de la vindicta pública, pues no cabe duda alguna, que en este proceso, no existió en modo alguno ni
el más mínimo atisbo de justicia, en todo lo referido a los DD.HH del Señor
Coronel (R) Delme, quién fue sometido a proceso, por medio de una comisión
especial como lo es ese Tribunal, el que aplicó una extraña persecución
asimétrica, y que lo abandonó en el cuidado de su salud, provocando de ese modo
su muerte. Actividad “jurisdiccional”, que no podemos llamar en modo alguno
justicia, lo que hace sonrojar de vergüenza a la Diosa Temis.
Ante tan grave
evento, y encontrándose el Señor
CoronelDelme -cuando estaba en vida-, bajo la jurisdicción y custodia de este
Tribunal, expresamente se solicita se, ordene sin dilaciones, el secuestro de
la totalidad de la Historia Clínica perteneciente al extinto CoronelDelme, que
pudiera existir en los Hospitales
militares de Campo de Mayo y el HMC 601
de la CABA, y en el Servicio Penitenciario Provincial de Bahía Blanca, y
Servicio Penitenciario Federal, tanto de Marcos Paz, Unidad 31 y Unidad 34 de
Campo de Mayo.
Todo ello, a fin de
determinar de manera fehaciente, la causa de la muerte del CoronelDelme y de
ese modo descartar toda acción dolosa, directa o eventual, y/o culposa,
generada por el estado de abandono de la jurisdicción, lo que pudo haber
causado seguramente su óbito.
Ello, motivado en que
existe una clara sospecha de que existió por parte de jueces de condena, un
trato anormal hacia el Coronel Delme, quien recibió como destino final el
camposanto.
Por todo lo expuesto,
expresamente solicito se me autorice a extraer fotocopias simples de la
totalidad de las constancias médicas -legajo de salud, tanto judicial, como
penitenciario (SPF y SPPPBA)-, y de todo incidente de solicitud de prisión
domiciliaria existente y sus resoluciones, si las hubiere. Ello, a mi exclusiva
costa y cargo.
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