viernes, 28 de abril de 2017

PRESCRIPCIÓN - SOLICITA SOBRESEIMIENTO SECUESTRO DE HISTORIA CLÍNICA - SOLICITA FOTOCOPIAS


Señor Presidente del TOCFBB:

Eduardo Sinforiano San Emeterio, letrado (CSJN Tº XII Fº 93 Matrícula 33631 – CFALP Tº 201 Fº 389 – CPACF Tº 76 Fº 572, CALP Tº XLVIII Fº 212), en la causa Nº FBB 93000982/2009, usuario electrónico(CSJN) 20085036999,a V.E. digo:

LEGITIMACIÓN:

Que habiendo sido designado por el Coronel D. Jorge Alejandro Delme, hijo del fallecido, como su abogado, en su representación vengo a asumir el presente ministerio y tomar intervención en la causa.

FINALIDAD DEL PRESENTE ESCRITO

Que, con fecha 13 de abril de 2017 se produjo el óbito del Coronel (R) D. Hugo Jorge Delme.

Ello, debido al trato cruel, inhumano y degradante, a que lo sometieron la totalidad de los miembros de ese Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca Subrogante, con la anuencia del público ministerio, ya que sin causa alguna que lo justifique, lo privaron de su libertad ambulatoria, lo enviaron a una cárcel común, máxime que éste, en razón de su edad (80 años) y su estado de salud  debería haber estado en prisión preventiva domiciliaria.

Por tal motivo, en el carácter invocado vengo a solicitar a la jurisdicción la extinción de la persecución penal de la acción respecto del padre de mi asistido, decretándose la prescripción a su favor conforme lo autoriza el arts. 59 inc. 1º, CP. Ello, más allá de no existir a su respecto sentencia condenatoria firme, ni consentida.

En síntesis, el Señor Coronel Delme ha fallecido en estado de inocencia, aunque esto pueda molestar al tribunal o a los fiscales militantes, o a la querella, dado que la acción penal a su respecto se ha extinguido, por lo que debe cesar toda persecución penal, por parte del estado en contra de él, descontando desde ya, que no ha de ser intención de V.E. ampliar su jurisdicción terrenal, para seguir con tal persecución en el más allá, pues el honesto y valiente militar fallecido, quién integró las filas del Ejército Argentino, siempre se guió por el camino que le marcaron, los Generales D José de San Martín y Juan Manuel Belgrano, por lo que hoy, sólo puede ser juzgado por Dios, fuente de toda razón y justicia, quién seguramente lo absolverá en esta injusta y política causa por la que se lo persiguió e inhumanamente se lo trató.
Oportunamente, se deje sin efecto toda medida restrictiva de carácter patrimonial decretada respecto del mismo por ese tribunal, para lo cual solicito de y para el caso de ser necesario se ordenen librar los oficios de estilo, autorizándose al suscripto a diligenciar los mismos y a suscribir las minutas de estilo.

Sin perjuicio de todo ello, y siendo de real interés de la familia de mi defendido, de concurrir por ante la Honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos(O.E.A.), con sede en Washington, y ante la CPI, a fin de formular la pertinente denuncia por la violación de los Derechos Humanos de su padre, por parte de la jurisdicción y del representante de la vindicta pública, pues no cabe duda alguna, que  en este proceso, no existió en modo alguno ni el más mínimo atisbo de justicia, en todo lo referido a los DD.HH del Señor Coronel (R) Delme, quién fue sometido a proceso, por medio de una comisión especial como lo es ese Tribunal, el que aplicó una extraña persecución asimétrica, y que lo abandonó en el cuidado de su salud, provocando de ese modo su muerte. Actividad “jurisdiccional”, que no podemos llamar en modo alguno justicia, lo que hace sonrojar de vergüenza a la Diosa Temis.

Ante tan grave evento, y encontrándose  el Señor CoronelDelme -cuando estaba en vida-, bajo la jurisdicción y custodia de este Tribunal, expresamente se solicita se, ordene sin dilaciones, el secuestro de la totalidad de la Historia Clínica perteneciente al extinto CoronelDelme, que pudiera existir  en los Hospitales militares de Campo de Mayo y el HMC 601  de la CABA, y en el Servicio Penitenciario Provincial de Bahía Blanca, y Servicio Penitenciario Federal, tanto de Marcos Paz, Unidad 31 y Unidad 34 de Campo de Mayo.

Todo ello, a fin de determinar de manera fehaciente, la causa de la muerte del CoronelDelme y de ese modo descartar toda acción dolosa, directa o eventual, y/o culposa, generada por el estado de abandono de la jurisdicción, lo que pudo haber causado seguramente su óbito.

Ello, motivado en que existe una clara sospecha de que existió por parte de jueces de condena, un trato anormal hacia el Coronel Delme, quien recibió como destino final el camposanto.

Por todo lo expuesto, expresamente solicito se me autorice a extraer fotocopias simples de la totalidad de las constancias médicas -legajo de salud, tanto judicial, como penitenciario (SPF y SPPPBA)-, y de todo incidente de solicitud de prisión domiciliaria existente y sus resoluciones, si las hubiere. Ello, a mi exclusiva costa y cargo.

Proveer de conformidad, es justo.-

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