domingo, 10 de junio de 2018

CAUSA LARRABURE


Carta de Lectores de @aclarrabure sobre su heroico padre


Pretendiendo inconstitucionalmente inmiscuirse en decisiones que competen al Poder Judicial, diputados santafesinos han declarado su más enérgico repudio ante los intentos de reabrir la “causa Larrabure” para que el crimen de mi padre, el coronel Argentino del Valle Larrabure, sea considerado de lesa humanidad. Su actitud revela ignorancia de las normas del derecho internacional humanitario que invocan, comprometiendo a la vez la responsabilidad internacional del Estado Argentino quien se encuentra obligado a respetar los tratados internacionales que ha ratificado, entre otros, las Convenciones de Ginebra de 1949, ratificadas por nuestro país en l957 por ley 14.442, que impiden atentar contra los prisioneros detenidos. Cínicamente el diputado Carlos Del Frade sostuvo que en la causa penal “siempre se habló de un suicidio. Ni siquiera hubo asesinato”. Al menos por respeto al dolor de la víctimas del terrorismo guerrillero debería haber comenzado por leer la carátula del expediente que expresa: “N.N.S/ homicidio agravado p/el concurso de dos o más personas, privación ilegal de libertad (art. 144 bis inc. 1) e imposición de tortura (art.144 Ter. Inc. 1). Denunciante: Larrabure, Arturo Cirilo, víctima, Larrabure, Argentino del Valle”.

diputado Carlos Del Frade

Los peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema, por unanimidad, han concluido que fue víctima de una muerte violenta, habiendo sido estrangulado. Descartaron la existencia de una asfixia por ahorcadura auto provocada, pues “no se describen protrusión de la lengua ni lesiones corporales compatibles con equimosis, excoriaciones y/o hematomas capaces de generarse durante el período convulsivo de colgamiento”. El surco además es de recorrido completo, mientras que en la ahorcadura es incompleto. Especial relevancia dieron a la determinación de alcohol etílico en sangre visceral de 3,49 gramos por mil mililitros en promedio, guarismo que los llevó a concluir que “Larrabure se encontrara en estado de indefensión o por lo menos con disminución de su capacidad de reacción al momento de su muerte”.


Señores diputados: mi padre murió sin quebrarse, como el “quebracho que al caer hace el ruido que sigue estremeciendo la tranquilidad del monte”. Para los terroristas del ERP que le ofertaron canjear su libertad por la traición, la verdad y los ideales son simples monedas de cambio. Son amorales, y por ello ni siquiera advierten que las condiciones infrahumanas de cautiverio constituyen en sí mismas, y más allá de las circunstancias de su muerte, una tortura psíquica y física tipificada como crimen de lesa humanidad. Al pedir que el delito se tipifique de tal manera no estoy defendiendo al Proceso. A mi padre lo mataron antes de que comenzara. Pretendo, sí, extirpar la lógica de violencia que ha otorgado a los terroristas el derecho de secuestrar, torturar y asesinar en momentos que la Argentina tenía solo el 4% de pobreza y vivía en democracia[1].

Arturo Larrabure
DNI 13.410.395


NOTA: Las imágenes, referencias y destacados no corresponden a la nota original.



[1] Arnol Kremer, miembro del buró político del ERP, ha sido muy claro: "...la verdad es que nosotros nunca pensamos en la democracia. Nosotros pensábamos en la democracia en términos de Lenin, como un paso, un instrumento para el socialismo, teníamos toda la concepción leninista más dura. Para nosotros la sociedad socialista tenía una etapa previa que era la dictadura del proletariado, y en eso que no se hagan los desentendidos".

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