3 de abril de 2021
La Cámara Federal de Casación Penal revocó el fallo que ordenó el regreso a la cárcel de Amado Boudou;
en consecuencia
este continuará en prisión domiciliaria. Asimismo, otros delincuentes
vinculados al poder, procesados y detenidos por gravísimos delitos de
corrupción, algunos condenados, como Boudou, también fueron beneficiados con la
prisión domiciliaria. Estas
disposiciones han sido dictadas por los mismos jueces que mediante juicios
ilegales, que dinamitaron normas básicas y ancestrales del derecho, violando el
principio de legalidad, la cosa juzgada, la aplicación de la ley más benigna,
el debido proceso, desconociendo los plazos de prisión preventiva y un largo
etcétera, encarcelaron a militares, policías, sacerdotes, civiles y hasta
jueces, todos acusados de delitos llamados de lesa humanidad, por hechos
ocurridos hace más de 40 años. Ya han muerto 638 en cautiverio, la mayoría sin
condena, o sea, inocentes. Hay 550 con prisiones preventivas que van desde los
6 hasta 16 años, con edad promedio de 76 años, varios de más de 80 hasta 92
años continúan encerrados en la cárcel. Están
condenados a muerte, a una muerte lenta, víctimas del odio y la venganza.
Estos jueces corruptos y prevaricadores
están siendo maltratados por el mismo poder político al que ellos se sometieron
y demolieron el derecho para acatar la difusa “política de derechos humanos” que se instaló como “política de Estado” como sostuvo el
expresidente de la Corte, doctor
Lorenzetti. Ahí está una de las causas del desbarranque de la Justicia que
hoy padece la Argentina. De aquellos polvos estos lodos.
![]() |
Ricardo Lorenzetti, mentor de la "política de estado" en los juicios llamados de lesa humanidad |
Los buenos jueces que aún existen deben
pararse con toda firmeza, como custodios de la ley y la Constitución, frente a
este poder disolvente para no terminar
siendo cómplices de la degradación definitiva de la república.
Alberto Solanet
FUENTE: https://www.lanacion.com.ar/opinion/carta-de-lectores/de-los-lectores-cartas-e-mails-nid03042021/
NOTA: Las imágenes y destacados no corresponden a la carta original.
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