La Asociación de
Abogados por la Justicia y la Concordia manifiesta que el fallo “Muiña” de la
Corte Suprema de Justicia constituye un regreso a la legalidad luego de un
largo período en el cual el Derecho estuvo puesto al servicio de intereses
políticos e ideológicos. El principio de
la ley más benigna, reconocido legal, convencional y constitucionalmente, no
establece distingo de delitos, por lo que su negativa a ser aplicada a personas
acusadas de aquellos a los que se denomina de “lesa humanidad”, constituye una
discriminación inaceptable. Por otra
parte, consideramos necesario recordar una vez más, que lo que se juzga en el
caso “Muiña” y tantos otros, por hechos ocurridos en la década del 70, no
constituyen crímenes de lesa humanidad,
ya que esa categoría delictual fue incorporada a la legislación
argentina por la ley 25.390 del 9 de enero de 2007, siendo que el Art. 24 de
dicho Estatuto, prohíbe a los Estados su aplicación retroactiva, respetando así
el principio de legalidad, también conculcado por más de una década. Se puede criticar el contenido de la ley
24.390 del “2x1”, pero nunca su aplicación irrestricta a todos los que ella
beneficia. Quienes critican el fallo lo
hacen desde posiciones ideologizadas, movidos por el rencor, por intereses políticos
o especulaciones electorales. No podemos
sino celebrar el volver a contar con fallos –y nada menos que de nuestro más
alto Tribunal- inspirados en el interés de la ley y que honran además, en el
caso, principios y valores que han de
estar siempre por encima de las pasiones o intereses del momento.
Buenos Aires,
mayo 5 de 2017.
Alberto Solanet
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Carlos Bosch
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Presidente
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Secretario
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