Señor Director:
El lector Gustavo A.
Ramallo en carta “Cupos femeninos” (“La Prensa”, 26/9), se pregunta: “¿No sería mejor una ley que dejara bien
establecido que ninguna persona podrá ser candidato a un cargo lectivo si está
procesada o condenada en la Justicia por delitos de lesa humanidad?”…, lo
cual, amén de abrogar el derecho político del ciudadano, es a todas luces
inconstitucional y da de bruces con la verdad histórica, por ignorar que la
Argentina, entre todas las naciones latinoamericanas, fue atacada con un guerra
revolucionaria, impulsada y financiada por la ex Unión Soviética, en la década
del ’70, a través de su peón de brega Fidel Castro, que adoctrinó y preparó
tácticamente a las organizaciones subversivas/terroristas -Montoneros, ERP,
FAP, FAR-, que asolaron nuestro país cometiendo entre 1969 y 1979 21.655
atentados terroristas y asesinando a 1.160 víctimas inocentes a traición, y
cuyas consecuencias seguimos pagando, pues los miembros de las fuerzas legales
-Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales- que arriesgaron sus vidas
librándonos de ser una nueva Cuba, Nicaragua o Venezuela, padecen prisión
perpetua y persecución judicial unos 2.400 miembros hasta en la actualidad, por
sedicentes delitos de lesa humanidad, mediante procesos y juicios amañados e
inconstitucionales, pues el Estatuto de Roma, que estableció la figura de lesa
humanidad, estipula su aplicación a posteriori y no a priori de su
ratificación, como la Convención sobre Imprescriptibilidad de Penas de Delitos
de Lesa Humanidad fue ratificada por el Congreso, mediante la ley 24.584 del
1-11-1995, y, por ende, no aplicable a los hechos de la década del ’70 del
siglo pasado, y por la irretroactividad de la ley penal.
Prosigue la
persecución -repito- en la actualidad contra los miembros de las fuerzas
legales, y ancianos mayores de 90 años sieguen padeciendo prisión perpetua,
vegetando y muriéndose de inanición y sin atención médica unos 440 “presos políticos” en las mazmorras de
Marcos Paz, Ezeiza y presidios del Interior, cuando a peligrosos delincuentes,
asesinos, pervertidos y violadores les conceden prisión domiciliaria al cumplir
los 70 años de edad. Persiste la violación de la “igualdad ante la ley” y de “cosa
juzgada”, pues quienes atentaron contra gobiernos constitucionales, los
Firmenich, Bonasso, Vaca Narvaja, Perdía, Verbitsky… gozan de canonjías,
habiendo sido amnistiados, indultados e indemnizados con fondos públicos, desde
el gobierno de Menem (que promulgó el 7-9-1994 la ley 24.411 de indemnizaciones
a ex subversivos o derechohabientes de U$S 4.000 millones (fue uno de los
principales beneficiarios) y a razón de U$S 250.000 por persona, como sucedió
con Alfredo Meade, juez de Instrucción de Morón); cuyos crímenes quedaron
impunes. Y mediante la “anulación”
(que no existe en el Estado de Derecho) de las leyes de Punto Final y
Obediencia Debida, en el año 2003, que no existían por haber sido derogadas por
el Congreso el 24-3-1998, para juzgar a los miembros de las fuerzas legales por
segunda vez y condenarlos a prisión perpetua, conculcando el principio
constitucional de “cosa juzgada”.
Es improcedente e
impenitente la injusticia que pesa como una lápida sobre la conciencia de la
República y debe ser encarada de una buena vez por el gobierno actual, a fin de
que haya paz -“la tranquilidad en el
orden”, según San Agustín; y que Mitre pidió “Paz en los espíritus y orden en las ideas”, por lo cual todos los “presos políticos” y veteranos de la
Guerra de Malvinas, que lucharon por Dios y la Patria, deben ser liberados,
cesando los maltratos en prisión, y reconociéndoles sus derechos humanos que
los proclamados paladines de esos derechos les siguen negando (como a las
víctimas de la subversión y sus derechohabientes), y que se haga Justicia
reconociendo el principio jurídico de dar a cada uno lo que le corresponde.
Con cordiales
saludos,
Alfredo
Nobre Leite
DNI 18.221.024
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