martes, 7 de abril de 2015

A QUIENES LEAN ESTO


Pueden leer el fallo por la Causa Río Tercero en: www.cij.gov.ar

Si alguien tiene dudas sobre la existencia de jueces y fiscales prevaricadores (¿eunucos K?) lea el fallo y las solucionará.

En particular pido que lean lo que se dice de mí en la página 1070, lo copio al pie.

Tuvieron que poner ALGO de lo que declararon unos 15 testigos. Si alguien puede creer que una persona que desarrolló los actos que menciona el tribunal en su fallo actuó con intención de dolo, que lo crea…

Los insólitos ATENUANTES que podrán leer implican que el 03/11/1995 hasta las 08:55 horas yo era un fundamentalista tal que hice aquello que ni los esbirros de Osama Ben Laden se atrevieron a hacer, jamás, como maldades (el musulmán se inmola él; su familia no, al contrario, queda protegida de por vida). A la 08:56 horas del mismo día soy “un militar de pura cepa”; “un buen soldado”; tengo comportamientos “heroicos”; me preocupo por la vida humana en todo momento, etc... (Igual redactan mal; maliciosamente, eso es menor pues también les cuento que mis acciones “heroicas” mencionadas por el TOF empiezan ANTES de la 1ra. explosión. Yo traté de que no suceda el estrago que es más que mitigar los daños una vez producidos), etc…

Son argumentos para fundamentar la absolución de una persona y no para condenarla; pero fuimos militares….

Página 1070 del fallo del TOF (textual):

Finalmente, en el caso de Marcelo Diego Gatto, como agravantes debemos valorar la característica del hecho y la multiplicidad de víctimas, su calidad de funcionario público siendo Mayor del Ejército además de Jefe de la División Producción Mecánica de la Fábrica Militar de Río Tercero, su formación profesional específica -ingeniero militar en electrónica y aeronáutica, teniendo una especialización en Higiene y Seguridad del trabajo-, su conocimiento de explosivos y de los riesgos que genera trabajar con los mismos. Asimismo debe tenerse en cuenta como agravantes la extensión del daño y el peligro causado.


Como atenuantes debemos considerar la falta de antecedentes penales computables, su foja intachable de servicios, su problema de salud por el cual debe estar medicado de por vida por haber sufrido un infarto agudo de miocardio y que el mismo es padre de dos hijos.


También debe valorarse como atenuante su conducta ulterior a la explosión, pues adherimos a la opinión de Jorge de la Rúa (ob. cit., pág. 702), quien al explicar la circunstancia referida a la “extensión del daño”, ubica aquí “parte de la tradicional atenuante referida a la conducta posterior al hecho. Así, cuando el perjuicio se reduce en virtud de la conducta del autor (restituciones, indicación de lugares, etc.), debe considerarse atenuante; pero no cuando la recuperación es ajena a su voluntad”. En el caso que nos ocupa el enjuiciado Marcelo Diego Gatto reaccionó de manera instantánea haciéndose cargo de la situación y dirigiéndose hacia la Planta de Carga poniendo en riesgo su vida. Así el acusado Gatto sostuvo durante la audiencia oral de debate que “ingresó a la zona de Planta de Carga a pie y allí hubo una explosión con desprendimiento de esquirlas más severas, que se escondió detrás de un árbol y observó caer las esquirlas y las ramas sintiendo como un silbido, que le cayó un proyectil cree que de mortero espoletado a tres metros de distancia”.


Añadimos que en todo momento Gatto buscó proteger la vida de seres humanos -tanto de operarios de la Fábrica Militar de Río Tercero como de los vecinos de la ciudad- ayudando en todo lo que estaba a su alcance. Así el mismo, ante la ausencia del Subdirector Quiroga, asumió el mando de la Fábrica ordenando a los trabajadores proteger su propia vida y la del personal, auxilió a civiles y camaradas resultando herido en esta acción, subió a una ambulancia que llegó al lugar a personas lastimadas, pidió por intermedio de un médico en medio de una tumultuosa reunión que se realizó en la Municipalidad local y del senador Battaglia que se avisara por radio a la población de Río Tercero que ninguna persona tocara los materiales explosivos que estaban diseminados por la ciudad de modo altamente peligroso. Además el enjuiciado Gatto intentó alertar a su jefe, el Director Cornejo Torino, que se estaba viviendo una situación grave e intentó comunicarse telefónicamente con los policías y los bomberos de Río Tercero para que vinieran a socorrer a las personas de la Fábrica.

Lo expuesto se encuentra ratificado asimismo con los dichos del testigo Omar Nelson Ramón Gaviglio quien declaró que luego de ocurrida la explosión Gatto venía en una “chata” y le dijo que subiera para dirigirse hacia la Planta de Carga, a lo que éste se negó debido a la situación de alto peligro mortal que ese lugar implicaba en esos momentos. En igual sentido depusieron los testigos Carlos Sergio Cabral y Juan Carlos Roldán. Podemos aseverar que el procesado Marcelo Diego Gatto se comportó durante estos trágicos acontecimientos como un “militar de pura cepa” priorizando salvar a los obreros y ciudadanos de Río Tercero antes que su propia familia -se enteró recién a las 21:30 horas del 03/11/1995 que sus familiares estaban con vida-.

Añadimos que a pesar de sufrir una enfermedad cardíaca realizó una heroica actuación arriesgando su vida, que por ello resultó lesionado en su pierna derecha. Resaltamos que ese día pese a la sugerencia de los médicos que le habían expresado que se quedara internado por la dolencia que padecía, Marcelo Gatto desoyó esos consejos y continuó ayudando en la Fábrica. Subrayamos el excesivo espíritu militar de obediencia del enjuiciado Gatto, que el nombrado como “buen soldado” que era realizaba las acciones que le ordenaban los superiores castrenses dándole prioridad a las mismas antes que a su familia y su propia salud.

Marcelo Diego Gatto

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