Esta es una escultura del danés Jens Galschiot. Según él, representa una justicia obesa, morbosa e inútil, siendo cargada por un pueblo miserable, desnutrido |
El último fallo de la
Cámara Federal Penal de Rosario no es ninguna novedad, era totalmente
previsible en una muestra más de la desacreditada justicia argentina que hace
muy evidente la cómplice parcialidad con que se juzga al terrorismo que, -con
el apoyo de Cuba, la U.R.S.S. y otros países dentro de su órbita-, atacó violentamente
a la sociedad argentina con una guerra revolucionaria para alzarse con el poder
del estado.
LA
CÁMARA FEDERAL FALLÓ QUE LA MUERTE DE LARRABURE NO FUE UN CRIMEN DE LESA
HUMANIDAD
En decisión unánime,
el tribunal se expidió en la causa que investigaba el secuestro y asesinato del
militar en manos del ERP. La familia de Larrabure pedía que se reabriera que el
caso que había sido cerrado.
La Cámara Federal de
Rosario, en un fallo unánime, consideró hoy que el asesinato del coronel
Argentino del Valle Larrabure no fue un crimen de lesa humanidad y archivó la
causa. El militar había sido secuestrado por el Ejército Revolucionario del
Pueblo (ERP) en agosto de 1974 en Villa María y fue hallado muerto 372 días
después en Rosario.
El Cnl (PM) Argentino del Valle Larrabure y su familia |
Los familiares de
Larrabure presentaron una demanda para que se reabriera la causa cuya
instrucción por secuestro seguido de muerte había sido rechazada por el juez
federal Marcelo Bailaque, quien la consideró prescripta.
En marzo de este año,
en los Tribunales Federales de Entre Ríos al 400, se realizó una audiencia
donde ambas partes expusieron sus posiciones. Allí, la querella que representa
a la familia del militar argumentó sobre por qué el caso cerrado por un juez federal
debía ser reabierto.
La defensa de Juan
Arnold Kremer, ex número dos del ERP y considerado autor mediato del ilícito,
por el contrario, señaló que los actos de violencia terrorista, sin dejar en
ocasiones de ser hechos criminales, no son casos de lesa humanidad, que es lo
único que convierte a un delito en imprescriptible.
Hoy, en un fallo
unánime de 5 votos a 0, la Cámara Federal -integrada por Fernando Barbará,
Aníbal Pineda, Jorge Gallino, Elida Vidal y José Toledo- confirmó el archivo de
la investigación por el secuestro y muerte del coronel Argentino del Valle
Larrabure.
Uno de los
camaristas, Jorge Gallino, expuso en su opinión que "la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de
nuestro máximo tribunal impone, de momento, el rechazo de la
imprescriptibilidad de los hechos que nos ocupan. En efecto, en primer lugar,
no se ha acreditado que el hecho tratado fuera cometido como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra la población civil en el marco de una
política de Estado o de una organización con apoyo estatal, extremos que es
crucial probar, por tratarse de elementos de contexto descriptos en el
encabezado o preámbulo del art. 7 del Estatuto de Roma, que establecen las
condiciones que debe reunir la comisión de alguno de los delitos que se
enumeran en el artículo para constituir un crimen lesa humanidad".
"Respecto
a las organizaciones o grupos no estatales -continuó en su exposición-
inexorablemente se requiere que cuenten con el apoyo, la colaboración o
tolerancia del poder público en la infracción de los derechos reconocidos en la
Convención, quedando al margen del concepto de crimen de lesa humanidad los
actos individuales que no respondan a una política sistemática y general
violatoria de los derechos humanos".
"Además
-agregó Gallino-, en el plano internacional no parece que exista consenso para
considerar a un objetivo militar comprendido en el elemento 'población civil',
tema controvertido por el doctor Barbará en el voto que encabeza el
acuerdo".
En otro párrafo de su
argumentación, el camarista indicó que "pese
a su destacado empeño, la querella no ha logrado acreditar hasta el momento la
colaboración, apoyo o tolerancia por parte del Estado con el accionar de la
Organización ERP, lo que obsta a que los hechos sean declarados
imprescriptibles".
NOTA:
Las imágenes y destacados no corresponden a la nota original.
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