miércoles, 17 de enero de 2018

EL VALOR Y LOS LÍMITES DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

La medida excepcional de privación provisional de la libertad debe ser acompañada en nuestro país por una mayor celeridad en los juicios

Mucho se ha discutido en las últimas semanas acerca de la prisión preventiva a partir de hechos que son de público conocimiento, como las detenciones de numerosos ex funcionarios del gobierno anterior, acusados de graves escándalos de corrupción; el pedido de desafuero y prisión preventiva a la ex presidenta y actual senadora Cristina Kirchner, y algunas excarcelaciones, como la del ex vicepresidente Amado Boudou. Pero el mayor problema no pasa por esta medida de tipo cautelar y excepcional, prevista en la legislación penal de la gran mayoría de los países democráticos, sino por los prolongados juicios que, lamentablemente, caracterizan a nuestro país.

Como consecuencia del conflicto político derivado del caso de la ex presidenta, el gobierno nacional ha adelantado que impulsará un proyecto de ley que limita la facultad de los jueces para dictar prisión preventiva con pautas objetivas destinadas a determinar la obstrucción de justicia o el peligro de fuga.

Es necesario tener en cuenta, además, el alto número de personas que se mantienen prófugas en nuestro país: 51.262 hasta el mes último.

La prisión preventiva o provisional es una decisión excepcional porque restringe la libertad de una persona a quien se le imputa la comisión de un delito antes de que se dicte sentencia de condena en su contra, por lo que esa privación importa una afectación del principio de inocencia.

Todas las legislaciones determinan el marco dentro del cual un juez puede dictarla. En la Argentina, en el orden federal y de la ciudad de Buenos Aires, está regulada en el Código Procesal Penal, según el cual podrá denegarse la exención de prisión o excarcelación, respetándose el principio de inocencia, cuando la objetiva y provisional valoración de las características del hecho, la posibilidad de la declaración de reincidencia, las condiciones personales del imputado o si este hubiere gozado de excarcelaciones anteriores hicieren presumir, fundadamente, que intentará eludir la acción de la Justicia o entorpecer las investigaciones.

El reciente dictado de varias prisiones preventivas contra procesados que habían sido previamente indagados dio lugar a muchas críticas sustentadas principalmente en la laxitud de los conceptos que llevaron a tomar estas medidas. Se citaba como justificación de esas privaciones de la libertad la posibilidad de que el detenido pudiese eludir la acción de la Justicia o entorpecer las investigaciones. Es claro que los jueces deben evaluar los casos donde corresponde su dictado debiendo considerar los extremos previstos por el legislador. La decisión será revisada luego por las instancias superiores hasta llegar a las diferentes cámaras de casación penal, lo que asegura la posibilidad de evitar abusos.

Según estudios realizados, el 60% de los detenidos en las cárceles de nuestro país lo están bajo esta figura y la situación muchas veces se prolonga por años. Esa población carcelaria, como en otras partes del mundo, está integrada por personas que provienen de las franjas más pobres y vulnerables de la sociedad. A su vez, cientos de militares acusados por la comisión de delitos de lesa humanidad también están privados de la libertad preventivamente por lapsos que se extienden por años; incluso sin tener en cuenta que la mayoría han superado los 70 años con creces y, sin embargo, no se les concede el beneficio de la detención domiciliaria en razón de la edad y sus delicadas condiciones de salud.

Lamentablemente, esta realidad que caracteriza a nuestro sistema judicial y carcelario solo despierta la crítica de un pequeño sector de la población. Entretanto, ha provocado la alarma de una porción importante de la ciudadanía la detención preventiva de ex funcionarios acusados, procesados e indagados por la realización de numerosos delitos contra la administración pública, e incluso de figuras tan graves como el encubrimiento agravado. La fundamentación de muchas de las decisiones judiciales aludidas es la "situación de poder" pasible de llevar a la comisión de los dos extremos contemplados en el Código Procesal Penal. En la medida en que sea posible identificar comportamientos concretos, esa decisión parece convincente, pues muchos de ellos han sido capaces de destruir pruebas, de utilizar aviones privados para permanecer prófugos o han aprovechado la situación de libertad de la que vinieron gozando para realizar transacciones tendientes a asegurar los cuantiosos recursos mal habidos, que resultaron el fruto de sus actos delictivos. Entre otros, es el caso del ex contador de Cristina Kirchner Víctor Manzanares, con prisión preventiva desde julio pasado, acusado de obstruir a la Justicia tras indicar a los inquilinos de una empresa de la familia Kirchner, intervenida judicialmente, que depositaran alquileres adeudados en una cuenta particular. Manzanares, además, admitió haber recibido órdenes de la ex presidenta para borrar con "Liquid Paper" y corregir datos en libros contables de la empresa Hotesur, algo prohibido por el Código Civil y Comercial, que pone de manifiesto la capacidad de la ex jefa del Estado para destruir pruebas que la incriminen, entorpeciendo la acción de la Justicia.

Dentro de los criterios por tomar en cuenta a la hora de disponer prisiones preventivas, debería también incluirse el relativo al grado de comprobación que se haya alcanzado del delito cometido. Esto es particularmente esencial, por ejemplo, en los casos de "flagrancia", donde es lícito y razonable suponer que la persona apresada durante la comisión de un delito tendrá más incentivos para fugarse, debido a la casi segura condena que la espera.

Los recientes episodios de violencia en las inmediaciones del Congreso, donde muchos individuos cometieron delitos de gravedad, constituirían un caso paradigmático de la aplicación de esta variante justificativa de la prisión preventiva. Es de lamentar que, en forma llamativa, prácticamente todos los detenidos en esos violentos hechos del 14 y el 18 de diciembre hayan sido liberados a las pocas horas de apresados, como ocurrió también en otras oportunidades.

Otros países han adoptado, en general, criterios bastante equivalentes al que establece la legislación argentina. Así, toman en cuenta para decidir una prisión preventiva que haya fuertes indicios de culpabilidad; que exista riesgo de fuga que ponga en peligro el cumplimiento de la pena (si el juicio finalizase con una sentencia de culpabilidad); que el imputado pueda destruir pruebas, suponga un peligro para la víctima o pueda cometer otros hechos delictivos (en el caso de algunos delitos graves).

Aun cuando existe consenso en que la prisión preventiva no debe convertirse en una regla por sus perniciosos efectos y su afectación del principio jurídico de inocencia, los regímenes legales de todos los países desarrollados prevén su utilización para tornar efectivo el sistema de enjuiciamiento penal. Al mismo tiempo, debe enfatizarse la necesidad de que los juicios se lleven a cabo con la mayor celeridad posible. Es claro que una práctica de prisiones preventivas extendidas en el tiempo no es la solución que cualquier Constitución inspirada en fundamentos liberales pueda considerar una opción razonable. Pero es cierto también que, de verificarse los supuestos que marca la ley, la sociedad debe poder prevenirse de que los imputados no entorpezcan la investigación ni puedan eludir la acción de la Justicia.


NOTA: Los destacados no corresponden a la nota original.

TRAS EL CASO TIMERMAN, MILITARES DETENIDOS PIDEN UN TRATO SIMILAR

La intervención del Gobierno por el excanciller reaviva los reclamos de familiares

Mariano De Vedia

Los esfuerzos del Gobierno, que intercedió para que la Justicia otorgara la libertad al excanciller Héctor Timerman por razones humanitarias, para que pueda someterse a un tratamiento médico en Estados Unidos reavivaron los reclamos de los familiares de militares mayores de 70 años y enfermos, que enfrentan presos -en muchos casos sin condena- los procesos en causas de lesa humanidad.

El excanciller Héctor Timerman

“Mi padre no tuvo ese beneficio. Murió a los 91 años, en silla de ruedas, con cáncer, mal de Alzheimer y una crisis cardíaca, mientras el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata le negaba la detención domiciliaria por peligro de fuga”, objetó el abogado Ricardo Saint Jean, al recordar el caso de su padre, el general Ibérico Saint Jean, fallecido en prisión en octubre de 2012.

Unos 168 militares, policías y civiles mayores de 70 años están detenidos en unidades penales, y se les niega la detención domiciliaria, denunció a LA NACION el abogado Saint Jean. De ellos hay 11 que tienen entre 80 y 89 años.

Según datos de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, los militares y el personal de seguridad implicados en causas de lesa humanidad ascienden a 2229, de los cuales 428[1] fallecieron. “En muchos casos, por falta de atención a su salud”, describió su presidente, Alberto Solanet.

Si bien la situación llegó a su máxima tensión durante el gobierno de Cristina Kirchner, 88[2] fallecieron desde que asumió Mauricio Macri. La Unión de Promociones, una asociación civil creada en 2005 tras la reapertura de los juicios por delitos de lesa humanidad, los considera “muertos en cautiverio”.

Procesos extensos

Según la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, a fines de diciembre se contabilizaban 1038 detenidos y 1305 imputados en libertad. Al margen de los fallecidos, hay 37 prófugos.

El promedio de edad de los militares presos es de 74,6 años y se estima que más de 340 permanecen con prisión preventiva por más de seis años, cuando el tiempo máximo previsto en el Código Penal es de dos años. El exoficial de inteligencia Juan Carlos Rolón, que integró los grupos de tareas de la ex-ESMA, cumple prisión preventiva desde hace 16 años.

“En diciembre pasado concluyó su tarea el Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia, creado por las Naciones Unidas para juzgar a los responsables de los crímenes cometidos durante la Guerra de los Balcanes[3]. A lo largo de 24 años condenó a 90 responsables de genocidio, crímenes de guerra y otros delitos de lesa humanidad e interrogó a 5000 testigos. Acá, más de 2200 militares pasaron por procesos que juzgan hechos de hace más de 40 años y todavía sigue”, se lamentó el abogado Saint Jean.

El letrado señaló casos preocupantes, como los de 11 suboficiales que hace seis años esperan un juicio y dos cabos que “fallecieron en prisión mientras la Justicia trataba de dilucidar a cuál de los dos le decían Pajarito”, precisó Saint Jean, defensor de varios militares investigados por delitos de lesa humanidad. A diferencia de otros casos penales, los militares detenidos en dichos procesos -aunque no tengan condena- no acceden a beneficios procesales, como salidas transitorias y libertad condicional, y tampoco se les permite trabajar en la cárcel.

“A los pocos que acceden a la detención domiciliaria se les abren procesos por nuevos casos y nunca terminan de acceder al beneficio”[4], ejemplificó Saint Jean, al diferenciar los casos de los militares de otros procesados, como el sindicalista Omar “Caballo” Suárez, quien había sido enviado a la casa de su hija, y el propio Timerman.

El 2x1

Respecto del fallo de la Corte Suprema que otorgó el cómputo del 2x1 al represor Luis Muiña, en mayo de 2017, Saint Jean estimó que la Cámara Federal y los jueces lo desconocen. “Aplican a rajatabla la jurisprudencia de la Corte en otros temas, como la eliminación de la prescripción y la amnistía en los delitos de lesa humanidad, pero ese fallo del 2x1 no lo consideran”, precisó.

A partir del caso Muiña hubo 118 planteos para lograr la aplicación del 2x1, a través del reclamo de la excarcelación o de un nuevo cómputo de la pena.

La Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad informó que existen 593 causas en trámites. De ellas, 278 están en etapa de instrucción, 200 obtuvieron ya sentencias, 17 se encuentran en juicio y 98 con elevación a juicio. De las 200 sentencias, unas 135 están en instancia de revisión.

De los imputados por delitos de lesa humanidad hay 856 condenados, 701 procesados, 524 imputados, 26 indagados y 37 prófugos. Además hubo 499[5] fallecidos, 62 sobreseídos, 110 absueltos y 164 con falta de mérito.

Presos por delitos de lesa humanidad

168

Unos 168 militares, policías y civiles mayores de 70 años están detenidos en unidades penales y no acceden a la detención domiciliaria

1038

La Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad contabilizó a fines de diciembre 1038 detenidos y 1305 imputados en libertad

Plazos

El mismo organismo fiscal estimó que el promedio de tiempo en la tramitación de causas de lesa humanidad es de 5,5 años para las que tienen sentencia firme y de 4,4 años para las causas en trámite, a partir del requerimiento de elevación a juicio. No se computan las que están en etapa de instrucción y las archivadas.


NOTA: Las referencias no corresponden a la nota original.





[1] Según datos proporcionados por la Unión de Promociones, al día de la fecha los fallecidos en prisión son 430.
[2] Según datos proporcionados por la Unión de Promociones, al día de la fecha el dato correcto es de 90 fallecidos desde que Mauricio Macri asumió como Presidente de la Nación.

[3] El 3/2/2015 la CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA DE LA HAYA: Determinó que ni los serbios ni los croatas tuvieron intención de destruir al grupo contrario en el conflicto que mantuvieron entre 1991 y 1995. Fue un conflicto interno, NO FUE GENOCIDIO.
[4] Un claro ejemplo de esa injusticia es la causa del Dr. Jaime Smart (83 años de edad) a quién la Sala I de la Cámara de Casación ya le otorgó en 3 oportunidades o más el beneficio de la prisión domiciliaria y sistemáticamente el ex juez Ernesto Rozanski y el juez Ernesto Kreplak se la niegan –incumpliendo la orden de su Tribunal Superior– y le inventaron el armado de nuevas causas que lo mantienen en prisión.
[5] Esta cifra ya fue aclarada precedentemente.

martes, 16 de enero de 2018

ESCARNIO


Tiene razón el imputado Boudou cuando afirma “El sistema judicial está haciendo abusos. Tiene que ver más con el escarnio que con la justicia. Están dando vuelta la presunción de inocencia.” (nota de Mariana Jastreblansky publicada en La Nación del 13 de enero de 2018)

Es eso lo que resulta de los procesos promovidos por las causas denominadas de Lesa Humanidad.

Son más de 2.000 personas presas sin el respeto por el principio de legalidad, en muchos casos con prisiones preventivas dictadas hace mucho más de 3 años

Cuando el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires anunció una auditoria, confiaba que esto saldría a la luz. Hasta el momento nada de eso se ha dicho.

Juan Pablo Chevallier-Boutell[1]
DNI 4383228




[1] El Dr. Chevallier-Boutell es socio de la Asociación Civil Abogados por la Justicia y la Concordia

lunes, 15 de enero de 2018

LA ESCANDALOSA APLICACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA A LOS PROCESADOS Y DETENIDOS POR LOS MAL LLAMADOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD DECLARACIÓN DEL FORO DE GENERALES RETIRADOS

General (R) Juan Miguel Giuliano, presidente del Foro de Generales Retirados

El Artículo 1ro de la Ley 25.390 expresa claramente : “La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia…este plazo podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al Tribunal Superior que correspondiere”.


Contraviniendo esta taxativa disposición de la Ley, más de 700 detenidos se encuentran  excedidos en prisión preventiva, 380 entre tres y seis años, 227 entre seis y diez años y 147  más de diez años, con un promedio de 75 años de edad, sin que tampoco se les conceda el beneficio de Prisión Domiciliaria a la mayoría de los mayores de 70 años.

En un Congreso internacional realizado en el año 2016 sobre el Derecho Penal y su aplicación, el Vaticano advirtió en su ponencia, que uno de los principales problemas que se presenta en el mundo es el abuso de la aplicación de la prisión preventiva sin condena más allá de los plazos legales.

Corte Suprema de Justicia argentina

En un reciente fallo, la Corte Suprema de Justicia argentina, referida a la prisión preventiva de Milagros Sala, expresó: “Esta Corte enfatiza que los Jueces deben fundamentar la imposición de la prisión preventiva de modo claro, con expresas referencias a las constancias de la Causa y no deberán basarse únicamente en las características personales del imputado o las del hecho atribuido. La prisión preventiva nunca puede ser la manera encubierta en que el Estado castigue a quien está sujeto a proceso. Castigar sin que se hubieran satisfecho los requisitos exigidos por la Ley y por la Constitución implicaría la violación de los principios para cuya justificación justamente, se ha concebido la existencia misma del Estado”.

El mantenimiento de la prisión preventiva más allá de los plazos legales, así como  la falta de razonabilidad en su aplicación, constituye por parte de los Jueces Federales y Fiscales  intervinientes en los mal llamados Juicios de Lesa Humanidad, la comisión del delito de Prevaricato en sus funciones, aspecto que debe ser considerado con urgencia por el Consejo de la Magistratura para disponer el  enjuiciamiento  de los causantes.

Firman los Generales Retirados:

Juan Miguel Giuliano
David Comini
Luis Cloux
Jorge Olivera

CABA, diciembre de 2017



NOTA: Las imágenes, destacados y referencias no corresponden a la nota original.

CONCEPTO DEL MILITAR

Las opiniones vertidas en esta columna de opinión, son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de UNOFAR[1]

Y hay que tener mucha humildad para entrar en una forma de vida en la que la ambición es la última de las prioridades

Diego Mazón, diario La Razón, España

A todos los que son, han sido o lo serán...

De entrada, no lo entiendo
 
Me he esforzado mucho en entenderlos. He buscado y rebuscado para ver por qué alguien decide meterse a la milicia. Y no lo entiendo. No comprendo que en la sociedad de hoy una persona opte por entrar en un trabajo como este, en el que el principal requisito es obedecer a un jefe detrás de otro hasta que, con suerte, llegue a general y aún así, o peor, tendrá que estar a las órdenes del político de turno.


No me cabe en la cabeza que alguien opte por ponerse este uniforme por un mísero sueldo, cuando enfundándose el de policía municipal cobraría mucho más. Es incomprensible que un joven de provecho, en el siglo XXI, asuma valores como el sacrificio, la entrega incondicional, la obediencia, el honor, la lealtad, el silencio, la disponibilidad, la constancia, cuando el resto de la sociedad rema en la dirección opuesta.

Hay que tener mucha moral para cargar sobre los hombros de uno la responsabilidad tremenda de proteger a una sociedad que mientras duerme, toma cañas o se va de excursión ignora y menosprecia a quienes vigilan su libertad, a quienes  dejan la vida en la búsqueda de la tranquilidad de sus congéneres. Y hay que tener mucha humildad para entrar en una forma de vida en la que la ambición es la última de las prioridades, y en la que te pueden mandar al culo del mundo a cumplir una misión que nadie entiende, en la que te cambian de destino por razones de servicio y no puedes ni rechistar.


No, en realidad a quien no entiendo es a la sociedad, que desprecia a los militares porque no los comprende. A la sociedad en la que algunos aún los consideran un vestigio del franquismo, a la sociedad que es incapaz de decir «gracias» al colectivo que vela por su vida, a la misma que protesta porque el presupuesto de Defensa no vaya destinado a esa vaguedad de fines sociales que se queda en escalones burócratas. Y no entiendo a los políticos que quieren hacernos creer que los militares son un grupo de voluntarios de uniforme que se dedican a repartir caramelos por el mundo y a hacer de bomberos ocasionales. Porque al fin y al cabo, como decía Calderón de la Barca[2], «aquí, en fin, la cortesía, el buen trato, la verdad, la firmeza, la lealtad, el honor, la bizarría, el crédito, la opinión, la constancia, la paciencia, la humildad y la obediencia, fama, honor y vida son caudal de pobres soldados; que en buena o mala fortuna la milicia no es más que una religión de hombres honrados».
    
ES POR ESO QUE YO LOS ADMIRO...

CONCEPTO DEL MILITAR

 (Diego Mazón[3], La Razón, España)

ENVIADO POR GENTILEZA DE NUESTRO SOCIO DON: Julio Deramond


NOTA: Las imágenes, destacados y referencias no corresponden a la nota original.



[1] Unión de Oficiales en retiro de la Defensa Nacional, de la República de Chile, fue fundada el 24 de octubre de 1963,
[2] Pedro Calderón de la Barca (Madrid, 17 de enero de 1600-ibídem, 25 de mayo de 1681) fue un escritor español, caballero de la Orden de Santiago, conocido fundamentalmente por ser uno de los más insignes literatos barrocos del Siglo de Oro, en especial por su teatro.
[3] Diego Mazón cuenta con una vasta experiencia en el área de la Defensa, ha cubierto varios conflictos internacionales, fue jefe de Redacción de Nacional en el diario La Razón y desde el 1 de enero de 2013 hasta enero de 2018 se desempeño como director de Comunicación del Ministerio de Defensa del Reino de España.

sábado, 13 de enero de 2018

PREPARADOS, APUNTEN…


"Se daba cuenta de que ninguna potencia estaba en condiciones de resistir el desgaste del tiempo; sólo la gloria de quien ha vivido con honor crece con el paso de los años". Valerio Massimo Manfredi

Cuando la semana pasada me pregunté hasta cuándo la sociedad estaría dispuesta a tolerar, con marcada indiferencia, el permanente chantaje de los eternos dirigentes gremiales, ignoraba que finalmente, y con décadas de atraso, tanto la Justicia como el Ejecutivo, nacional y provincial, habían decidido tomar el toro por las astas y avanzar con la depuración de la corporación más despreciada del país, integrada por delincuentes dispuestos desde siempre a generar los peores conflictos laborales para evitar que se posara sobre sus patrimonios la lupa judicial.

El método extorsivo fue claro -mientras los dejaran incrementar sus negocios personales, ofrecían paz social; de lo contrario, el país se paralizaría- y lo sufrieron tanto los gobiernos civiles cuanto militares; basta recordar que fue nada menos que el Tte. Gral. Juan Carlos Onganía quien les cedió el control de los servicios de salud, tal vez la fuente más importante de ingresos non sanctos de los grandes bonetes del sindicalismo argentino. No voy a mencionar aquí, por ser innecesario, la lista de los jefes gremiales presos -todos obscenos exhibicionistas- pero debo detenerme en los dos poderosos capi de tutti capi, Hugo Moyano y Luis Barrionuevo.

El primero siente ya el aliento de los ahora atentos jueces en la nuca, y no sólo los locales. Una de sus negadas propiedades, la empresa de recolección de residuos Covelia, es investigada por movimientos de dinero sospechosos por la Justicia suiza; cuando el primer pedido helvético llegó a los tribunales argentinos -simplemente, un listado de las causas penales que involucraran al Negro- éste, a la sazón Secretario General de la CGT, decretó un paro general contra el gobierno de Cristina Elisabet Fernández.

Ayer mismo fue denunciado, conjuntamente con su hijo Pablo, su testaferro Patricio Farcuh y el propio Sindicato de Camioneros, por evasión impositiva por la suma sideral de cuatro mil millones de pesos y el consecuente lavado de dinero. Con la monumental expansión de sus actividades -empresas constructoras, correos privados, fútbol, barras bravas, residuos urbanos, sanatorios, farmacias, hoteles, inmuebles y rodados varios, etc.- y con tantos flancos expuestos, es previsible que ponga a parir al país entero, con la paralización del transporte de alimentos, de combustibles, de basura y de dinero, y habrá que ver cuán dispuestos estamos todos a no ceder ante sus aprietes, ya que dirá mucho sobre nuestra voluntad de modificar el rumbo que llevamos.

Ya su colega gastronómico, que directa y públicamente amenazó a la democracia cuando recordó cómo habían eyectado del poder a Raúl Alfonsín y a Fernando de la Rúa cuando éstos intentaron controlar un poco al poder mafioso del sindicalismo, dio un aviso a la sociedad acerca de qué podemos esperar si los avances judiciales continúan. Como Luisito es muy hábil, sus dichos no resultan punibles, aunque sean muy claros.

Pero lo que enmascara este bandido es que todos sus pares hoy en la cárcel no lo están por ser gremialistas sino vulgares ladrones, y no hay aquí una persecución política, como claman desde Milagro Salas y Luis D'Elía a Cristina Elisabet Fernández, que mandó a La Cámpora a expresar su apoyo a los preocupados "Gordos". Todos estos han esquilmado a sus representados y, en los casos de Marcelo Balcedo y Víctor Santamaría, se transformaron en empresarios de medios de prensa para utilizarlos como escudo; lo mismo hicieron, en su momento, Cristóbal López, Rudy Ulloa Igor y Gerardo Ferreyra, que debieron cerrarlos cuando, con la caída del kirchnerismo, se cortó el acceso a los fondos ilimitados de la pauta publicitaria oficial.

Toda esta movida coincide en el tablero de comando con algunos factores complicados: la inflación, que no cede; la necesidad imperiosa de cerrar los aumentos salariales del año en términos mesurados, es decir, sin reflejar en ellos expectativas pesimistas; y el tratamiento legislativo de la poco ambiciosa reforma laboral que ha enviado el Poder Ejecutivo al Congreso. Es natural entonces que todos -incluidos los bienintencionados- nos preguntemos si estamos sólo ante una serie de movimientos tácticos para obligar a los dirigentes sindicales a "portarse bien" o, por el contrario, ante un verdadero y definitivo cambio en nuestra cultura sociopolítica tradicional.

La libertad concedida por la Cámara Federal a Amado Boudou, que estaba en prisión preventiva desde hace dos meses, acusado de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, y que está procesado y en juicio oral por haberse apropiado de la "máquina de imprimir billetes", da una pésima señal a los descreídos. Porque, a pesar de que muchos lo ignoran, en el caso de los funcionarios públicos, donde la carga de la prueba se invierte, son ellos los que deben demostrar que han obtenido sus fortunas legítimamente. ¡Teléfono para Cristina Kirchner!

Además, deja en evidencia que en la Argentina hay dos "justicias" diferentes: una, correcta, que utiliza el Código Procesal y privilegia el principio de inocencia y permite que los encartados transiten los procesos en libertad hasta el dictado de sentencias definitivas; y otra, caníbal, que sólo busca venganza y en la que todos los cimientos del derecho de la civilización occidental, incluida la irretroactividad de la ley penal, se ignoran para mantener en prisión preventiva a centenares de ancianos enfermos por lapsos que, en muchos casos, superan los diez años (el máximo legal es de dos, prorrogable fundadamente por sólo uno más). Los argumentos garantistas utilizados por los magistrados ahora para beneficiar el ex Vicepresidente -imposibilidad de alteración de las pruebas e inexistencia de peligro de fuga- ¿no son aplicables a los presos militares? 

¿Irán las organizaciones sociales y de izquierda a "escrachar" al ex Vicepresidente a su inexplicable piso de Puerto Madero o al nuevo de Barracas, como hicieron con el Comisario Miguel Etchecolatz, a quien concedieron la prisión domiciliaria con pulsera electrónica a pesar de sus 88 años y del cúmulo de dolencias que padece?  Porque, siendo de público y notorio conocimiento que Amado Boudou fue miembro esencial de la asociación ilícita que saqueó el país hasta la extenuación durante la década más favorable para la economía nacional en más de un siglo, algo debería motivarlas a actuar, ya que dicen representar a los excluidos y a los pobres que sufren en carne propia -en falta de educación, alimentos, salud, vivienda, pavimentos y cloacas- la falta de esos cuantiosos dineros robados.

Nuevamente, el verano será caliente, y no sólo por las altísimas temperaturas que estamos soportando en Buenos Aires: en febrero, comenzarán, conjuntamente con la actividad judicial a pleno, las sesiones extraordinarias convocadas por el Ejecutivo para trata algunos proyectos de ley, digamos, menores; pero en marzo es probable que veamos otra vez conflictos callejeros, cuando comience a tratarse la reforma laboral. ¡Ojalá hayamos madurado para entonces!

Bs.As., 13 Ene 18

Enrique Guillermo Avogadro
Abogado

jueves, 11 de enero de 2018

INDIGNANTE

Juez Sergio Torres

Sr. Director,

Me entero por los medios de comunicación del dia de la fecha, 11 de enero, que el Juez Torres revocó la prisión preventiva de Héctor Timerman para que pueda tratarse un cáncer y que el Canciller Faurie intercedió para que el Departamento de Estado le habilite el ingreso a Nueva York.


Me indigna que se ocupen con tanto interés por un personaje que traicionó a su Patria y a la comunidad judía con un acuerdo perverso  con Irán. Además es ridículo que le pidamos al país que ofendió con su estúpida acción de violar una valija diplomática para darle el gusto a los tontos que siempre se quejan del "imperialismo yanky" y a la arquitecta egipcia y abogada exitosa. Mientras tanto, miles de miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad están en las prisiones del Servicio Penitenciario, muchos de ellos enfermos y sin atención adecuada, con más de 70 años de edad y con más de los tres años sin sentencia firme que amerita que queden libres. Ya fallecieron más de 600 estando presos sin que ningún Juez o Canciller o Ministro de Justicia se ocuparan de ellos También tenemos la sangría en el presupuesto nacional y de muchas entidades originada por la continuidad del curro de los derechos humanos que el candidato a presidente Mauricio Macri prometió que iba a suspender.


Se me hace que el presidente Macri todavía no tomó conciencia de que el pudo llegar a presidente porque la represión al terrorismo fue exitosa y logró que no fueran presidentes Firmenich o Santucho. O es que no tiene la valentía para tomar las decisiones necesarias. Insisto, ¿su sangre calabresa se le diluyó en su paso por el Newman?

Saludos cordiales

Dr. José Brunetta
DNI 4180958


NOTA: Las imágenes y destacados no corresponden a la nota original.