sábado, 8 de diciembre de 2012

NI JUSTICIA

SEÑORES DIARIO CASTELLANOS.

Les escribo respecto al artículo que se encuentra al pie del presente. Veo que es de Junio del 2012 pero no ha perdido actualidad. Casi 6 meses después las cosas están mucho peor. La política continúa avanzando sobre la justicia y la HIPOCRESÍA sigue caracterizando a la política y lo medios.


Comparto su artículo desde la primera palabra a la última. Y como digo siempre “En un país donde lo QUE CORRESPONDE no es lo normal, cuando uno se encuentra con una perlita debe destacarla”.

En este caso, su artículo dice cosas que son conocidas por quienes al menos transitamos los 70. Pero todos las callan. Por Cobardía, por Hipocresía, por Dinero, etc.

PERO USTEDES LO ESCRIBIERON….

Muchas gracias.

Cnl (R-PPP) J.C. Alsina.
Ciudadano Argentino víctima de la ILEGALIDAD y CORRUPCIÓN del Estado.

CN. Artículo 18: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa...."
jueces  ¿y?


Diario CASTELLANOS de RAFAELA – EDITORIAL


Ni justicia

Miércoles 19 de junio  de 2012 -11:06

Si hay un elemento que marque la parcialidad de los juicios incoados contra militares del Proceso, no es otro que el hecho que todos ellos deben ser condenados antes de ser juzgados, o que no existe la posibilidad que alguno pueda ser sobreseído. Pocos se animan a plantear esto, ni siquiera muchos altos jefes militares en retiro. Los que están en actividad han trazado un espacio insalvable con sus jefes de otrora.

El procedimiento se repite una y otra vez. En caso de que el tribunal presente dudas sobre su decisión final, se monta una «movida» mediática. Los representantes (dueños, tal vez) de los derechos humanos, comienzan con sus declaraciones y calificaciones sobre la marcha del proceso; sobre quienes declaran, si lo hacen a favor de los acusados; y marcan perfectamente el terreno, deslizando al pasar, la posibilidad de un juicio político para quien dicte, no ya justicia, sino una condena menor.


En Paraná, ciudad entrerriana a orillas del Uruguay, se sustancia un juicio contra Albano Harguindeguy, ex ministro del Interior del proceso[1], y Naldo Miguel Dasso[2], ex jefe del Regimiento de Caballería de Tanques 6 Blandengues con asiento en Concordia entre 1975 y 1976 y, a la vez,  jefe del Área de Defensa 225, en el que se investiga las desapariciones forzadas de Sixto Zalasar y Julio Alberto Solaga, y la privación ilegal de la libertad Juan José Durantini.


Las declaraciones de tres testigos de la defensa: Eduardo Caminal, un productor agropecuario ex presidente de la Sociedad Rural de Concordia; Roberto Julio Ildarraz consignatario de hacienda y propietario rural; y el abogado Jorge Aragón, un ex intendente de esa ciudad, han encrespado las aguas.


Para el Delegado de Derechos Humanos, profesor Rubén Bonelli, no cabe la defensa. Una carta firmada en su momento por los declarantes pidiendo el ascenso a general de Naldo Dasso (aunque también lo hicieron el obispo de Concordia, el gerente del Banco Comercial, el titular del Centro Industria y Comercio, Mauricio Furman en representación de la Unión Israelita, Manuel Cortina por el Rotary Club, y un miembro de la Cámara Junior) pasó a ser un elemento descalificador. Su prédica sobre la importancia de estos juicios es porque "así sale a la luz cuál fue el sector de la sociedad que apoyó y fue cómplice de los represores, cuál fue su conexión civil". Si Bonelli pusiera tanta vehemencia en investigar al propio gobierno se encontraría con que forman parte de él, muchos que en su momento aplaudieron felices el 24 de marzo de 1976, o que colaboraron entregando a los propios.

Pero indudablemente lo que más indignó a Bonelli fueron las palabras de Ildarraz, es decir, que alguien planteara a viva voz lo que mucha gente se pregunta en silencio: ¿Por qué juzgar a una sola parte? ¿Por qué no juzgar a los guerrilleros? ¿Por qué no reconocer que se vivía en un estado de guerra interna?

Muchos les podrán estar en desacuerdo con la posición de Ildarraz, pero no ha hecho otra cosa que expresar su sentir. Pudo haber sido secuestrado en aquella época. Pudo no haber vuelto.

 ¿Por qué no puede opinar como le plazca? ¿Quién lo puede obligar a la cobardía hipócrita -en que incurrieron muchos- de desconocer «social y civilmente» al Teniente Coronel Naldo Miguel Dasso, en ese entonces jefe del regimiento de Concordia.

Cuando alguien pueda explicar por qué, asesinar militares o civiles y, también niños, no fue un delito de lesa humanidad y sí, si lo ha hecho la otra parte, tal vez esta situación resulte comprensible. Si hubiese un criterio de juzgar a todos, de una y otra parte, también.


Pero no lo es, cuando con una venganza se trata de disfrazar de justicia.



[1] El ex ministro del Interior durante la presidencia de facto de Jorge Videla, Albano Harguindeguy, murió EL 20/10/2012  a los 85 años de edad.
[2] Recientemente la Fiscalía pidió prisión perpetua para dos imputados en el juicio oral por crímenes en Entre Ríos. Lo requirió en su alegato, ante el Tribunal Oral Federal de Paraná, para Naldo Miguel Dasso.

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