Circular 112
El Poder Ejecutivo Nacional, para enfrentar el estado de pandemia, ha
impuesto a la ciudadanía medidas que consideramos faltas de claridad jurídica,
particularmente en la convocatoria a las Fuerzas Armadas.
En el marco de una sociedad adormecida por el temor, ante la
ausencia voluntaria de los otros poderes del Estado, el Ejecutivo usó el atajo
constitucional de emitir un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), con la sola
invocación de las circunstancias excepcionales de pandemia, que sin duda lo
pone en la situación de un gobierno de poder absoluto, al prescindir de los órganos
de fiscalización que prevé la Constitución Nacional.
En este contexto, la guerra presenta inevitables daños colaterales,
como el cercenamiento de los derechos y libertades individuales, que no se
estarían mensurando.
En otro orden, como en toda situación difícil, “se invoca a Dios y se convoca al soldado”, pero a Dios se le
clausuran los templos y al soldado no se lo provee de la protección jurídica
necesaria, que aunque actúen “en apoyo a
la comunidad” y “desarmados”,
porque tendrían custodia policial, nada los releva del sagrado deber de
proteger y defender la jurisdicción donde desarrollan sus actividades. Una
triste historia nos lleva a que pasado el peligro “…se olvida a Dios y se condena al soldado”.
Por ello, en cuanto a las características del amplio despliegue
militar que constituye la Operación “General
Belgrano”, en la que las FFAA están desempeñando un papel relevante –que ya
hemos destacado en anterior oportunidad por su alto desempeño– es necesario
revisar también la consistencia de su encuadramiento.
Ante este estado de cosas, UPMAC pone a disposición de sus lectores
y asociados, sendos artículos elaborados por dos de sus colaboradores,
analizando de manera crítica y profunda las medidas adoptadas por el Gobierno
Nacional, desde distintas ópticas, a saber:
- Ensayo crítico sobre la guerra argentina contra el “coronavirus”, por el Coronel Auditor
(R) Santiago Mario Sinópoli (Ver)
- Las Fuerzas Armadas y el Apoyo a la Comunidad, por el Coronel (R)
Lic. Rodolfo Esteban Mazzino (Ver)
Trabajos, éstos, que han sido elaborados con espíritu constructivo y
que esperamos sean de vuestro interés, quedando atentos a nuevos aportes por
parte de quienes tienen amplios conocimientos y vasta experiencia en la
materia.
Buenos Aires, 09 de mayo de 2020.
Marcelo Ernesto Puig
Brigadier (R) VGM
Vicepresidente 2do
Emilio Horacio Giménez
Capitán de Navío (R) VGM
Vicepresidente 1ro
Miguel Angel Artuso
Suboficial Mayor (R) FAA
Secretario
Francisco Ricardo Verna
Coronel (R)
Presidente
Unión del Personal Militar
Asociación Civil - U.P.M.A.C.
Domicilio Legal: Uruguay 654 – 9º piso –
Of. 907 – CABA
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