10/12/17
Por Mauricio Ortín
El ex piloto de la
Armada Argentina, Julio Poch, pese a pertenecer a la categoría de “genocida bajo sospecha” para el Estado
argentino (el infortunado perteneció a las FF.AA. en los años ’70) fue el único
acusado entre 54 en ser absuelto por el voto unánime del Tribunal Oral Federal
de la causa ESMA III. Esta feliz circunstancia, para él y para los justos, no
está de manera alguna ligada a la brillante defensa que hiciera su letrado, el
Dr. Gerardo Ibáñez, ni tampoco a la inconsistente acusación (en pruebas y en
argumentación) del fiscal Taiano y del juez Sergio Torres. Lo que en verdad
operó decisivamente para que Poch fuera absuelto fue la ciudadanía holandesa
que éste obtuvo luego de retirarse de la Armada y radicarse con su familia en
ese país.
Allí, lejos de su
país natal, se desempeñó como piloto de aerolínea y encontró un lugar en el
mundo hasta ese día infausto en que su
suerte cambió radicalmente. El 22 de septiembre de 2009, en Valencia, por
pedido del juez Sergio Torres, Julio Poch, fue detenido y extraditado. En mayo
de 2010, el mismo juez dispuso procesarlo con prisión preventiva imputándole el
delito de “privación ilegítima de la
libertad”. Para este trámite el magistrado invocó y dio por cierta la
declaración de Tim Eisso Weert,
compañero de trabajo de Poch, según la cual en una cena en Bali escuchó
de boca de Poch admitir la participación en los vuelos en los que los marinos
arrojaban a los terroristas al mar. Poch niega haber dicho tal cosa y los demás
presentes contradicen a Weert. Pues bien, para el Estado argentino la sola declaración del señor
Weert constituyó motivo suficiente para
encerrar ocho años con prisión preventiva al ex militar Julio Poch. Hay que aclarar
que el caso de Poch no es la excepción sino la regla en los casos de lesa
humanidad. Ello así porque en dichos juicios el solo testimonio de un ex terrorista basta y sobra
para enviar a perpetua a cualquier uniformado; héroes de guerra, incluidos. Así
las cosas, la denuncia del holandés Weert se presentó como una oportunidad de
oro para pavonearse en Europa como campeón de la justicia. Que en la
instrucción del juez Torres como en el auto de elevación a juicio del fiscal
Taiano las pruebas y los indicios contra Poch brillen por su ausencia es un
detalle que a nadie le importa y menos a la prensa. Lo que importa es el
titular: “Apresaron a un genocida”. El fiscal Taiano, lejos de aportar el menor y
andrajoso indicio que avale la acusación contra Poch, divide su escrito en dos
partes iguales: en la primera hace una larga descripción técnica de los aviones
con que contaba la Armada Argentina en los años ‘70; en la segunda transcribe
las declaraciones que Tim Eisso Weert y otros holandeses hicieron en Holanda.
Ahora bien, lo que debe probarse en el juicio es si Julio Poch participó en los
vuelos en cuestión y no que le haya dicho
a un tercero que participó en ellos. Tampoco se entiende cómo la
enumeración y descripción del parque de aviación de la Armada pueda vincular a
Poch con el hecho. Pues bien, esto que en la Argentina es perfectamente normal,
aparentemente, no lo es en Holanda. El caso Poch tiene en ese país una
repercusión significativa, tanto en los medios de comunicación como en la
política, debido a que Poch, como la reina, es holandés y argentino. El Estado
holandés, aparentemente y en complicidad con el argentino, en el convencimiento
de la culpabilidad de Poch y para ahorrarse un conflicto que podría afectar a
la reina, pasó información para que lo detuvieran en España (Holanda no tiene
tratado de extradición con la Argentina). Pero he aquí que a poco de iniciarse
el proceso los holandeses advirtieron que algo olía mal en la causa ESMA III.
Ello llevó a que pusieran más atención en ese compatriota que era juzgado. La
embajada de Holanda en la Argentina y la prensa de ese país se hicieron
presentes en el juicio. No tardaron en
llegar los reproches de los organismos de los derechos humanos que entendían
que los ojos extranjeros no dejarían pasar, sin hacer la respectiva denuncia
internacional, una condena sin ningún fundamento probatorio. El Tribunal
también lo entendió así y eligió no exponerse a la crítica internacional. Es
que, en la Argentina, una cosa es darle
perpetua a un policía o un militar argentino y otra muy distinta a un ciudadano
holandés. Nuestros jueces son locos pero no comen vidrio.
Tipos raros estos
holandeses: considerar a los militares argentinos sujetos de derechos humanos.
En fin…
NOTA
DEL AUTOR: Tengo por el Dr. Gerardo Ibáñez una profunda admiración, respeto y
agradecimiento por lo que hace por los perseguidos políticos de la Argentina y
por la patria toda. Me impresiona como un argentino valiente, brillante y
comprometido con los que sufren injusticia. La defensa que hizo de Julio Poch,
durante el proceso y en el juicio, me parece insuperable. Nadie como él, salvo
Julio Poch, conoce los entretelones de la causa. Ello, más el respeto que le
debo por su profesionalismo, me lleva a relativizar mis dichos en cuanto a
tomar como “factor determinante” de
la absolución el hecho de contar con la ciudadanía holandesa. Sin la intención
de hacer historia contrafáctica opino (ahora, después de haber leído su
opinión) que la sola ciudadanía holandesa hubiese influido en muy poco sin un
trabajo brillante, tanto en Argentina como en Holanda, de la defensa. Llevado
(tal vez) por la indignación que me asalta cada vez que fallan los tribunales
de lesa humanidad he cometido la imprudencia de tomar a la ligera la defensa
que afrontó con tanta responsabilidad y profesionalismo.
Por
lo dicho, le solicito, al Dr. Gerardo Ibáñez, acepte mis más sinceras disculpas,
Mauricio Ortín
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