El
único soberano es el pueblo, los ciudadanos. El Estado es el consorcio de ciudadanos.
El reglamento del consorcio es la Constitución.
El consorcio nacional incorporó en su reglamento tres instituciones
subsidiarias independientes: la administración (el Ejecutivo), gestionada por quien se elige para presidirlo y a quien
se le han otorgado (por el término de su mandato) “limitadas atribuciones y específicas obligaciones y responsabilidades”,
que no podrá rebasar; el consejo de administración (el Legislativo), y el árbitro (la Justicia),
para garantizar la observancia de derechos y obligaciones y el pleno
cumplimiento del reglamento constitucional como garantía de un funcionamiento
social pacífico y armónico. Los que integran estas instituciones son empleados
públicos a sueldo, algunos (los temporarios) elegidos por el voto de los
ciudadanos. Ninguno de ellos podrá
permitirse o pretender privilegios o atribuciones fuera de los límites
establecidos en el reglamento constitucional.
Esto significa que
los empleados que presiden estas instituciones ya “tienen bien marcada la cancha”.
Sólo una mente descabellada puede alimentar la pretensión de desconocerlos e ir
más allá o “ir por todo”, y es el pueblo soberano el que deberá actuar
para impedírselo.
Ing.
Roberto Fernández Blanco
DNI 5.173.553
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