En el marco de la
causa por el crimen de Argentino del Valle Larrabure, el abogado de la familia
del secuestrado por el ERP, Diego Vigo Leguizamón, realizó ayer la exposición
ante jueces federales buscando que el caso que representa se declare como delito
de lesa humanidad. Durante una entrevista para Radio Universidad AM580, el
letrado señaló, entre otras cosas, que “el
fallo estará aproximadamente en 30 días”.
Consultado sobre la
Resolución de la Cámara acerca de la causa, el letrado dijo que ayer se “notificó que va a tomar unos días -y
calculó que ocurrirá dentro de los 30 días-. Cabe destacar que lo que resuelva
la Justicia va ser una decisión histórica ya que no se trata de una causa más
para ninguno de los que está participando de la audiencia porque es una
sentencia con enorme trascendencia histórica y para la reconciliación de los
argentinos, porque ese pasado tan doloroso donde ha habido muertes de un lado y
del otro, nuestro criterio es que, si la decisión es juzgar, se puede sanar
juzgando a todos. No hay vidas de primera ni vidas de segunda”.
Recordando casos de
víctimas de lesa humanidad en Santa Fe y a lo largo del país, Leguizamón se
preguntó: “Qué veían en las víctimas.
Veían seres humanos o veían símbolos. Entonces, la pregunta es, la Justicia
argentina, ¿qué ha visto? ¿Seres humanos o símbolos? No será la hora de ver
seres humanos”, cuestionó al respecto. “El
problema que se planteó es el de las víctimas de la guerrilla que han sido
convertidas en los desaparecidos de la memoria pública. Se ha difundido un
sofisma que afirma que únicamente el terrorismo puede ser condenado como crimen
de lesa humanidad si hay participación estatal. Ayer demostramos que esa no es
la jurisprudencia internacional”, puntualizó.
Volviendo al punto de
discusión y consultado acerca de si, allí, se acepta o no la caracterización de
crimen de lesa humanidad, el abogado de la familia Larrabure resaltó: “Ayer dijimos que el crimen es
imprescriptible por dos motivos”, y explicó: “Me basé en un fallo muy reciente del Tribunal Oral de La Plata juzgó
unos crímenes cometidos por la Concentración Nacional Universitaria en 1975,
cuando la Cámara se expide durante el desarrollo del proceso se presume también
que presuntamente miembros de esa organización habían sido asesinados por
montoneros”.
“Entonces
la Cámara condena por un lado a los asesinos de montoneros pero manda también a
investigar los crímenes de los montoneros y cuando lo hace dice que hay que
hacerse un enfoque integral que incluya la convención de Ginebra de 1949, que
son la que invocamos como elemento jurídico fundamental porque son derechos
internos argentinos desde el año ´57 y establecen en el artículo común a esas
contenciones que en ninguna circunstancia puede atentarse contra un prisionero
de guerra y en ese fallo el Tribunal de La Plata expresa y toma como pauta el
informe de la Convención Interamericana en la causa Abella La Tablada –en 1989-
entonces la Cámara dice que conforme a esa Convención del 49, tanto los
integrantes de Todos por la Patria como las fuerzas Armadas que reprimieron el
ataque estaban obligados a respetar la vida de los partícipes en el momento de
las detenciones”, siguió.
“Además,
lo más importante, que dice la Cámara es que si esa Convención consideró eso
para un ataque a La Tablada –que duró dos días- con muchísima mayor razón debe
aplicarse a ataques sistemáticos que desarrolló el terrorismo de Estado durante
toda la década del 70. Y estimó el Tribunal de La Plata configurado en
Argentina en ese período un contexto de conflicto armado interno que activó las
disposiciones de este artículo de la Convención de Ginebra. Basta que quitan
organizaciones armadas con capacidades de librar combate y que de hecho lo
libren, que es lo que ocurrió”, dijo en cuanto a la
cuestión de si la causa que defiende fue un crimen de guerra o no. Y añadió: “Esto es un aspecto que ataca y demuele el
hecho de que para que haya un crimen de lesa humanidad deba haber participación
estatal. Pero nosotros, a su vez, en la audiencia de ayer, demostramos que el terrorismo
del ERP como el de montoneros había sido de Estado porque tuvo la colaboración
de tres estados”, dijo.
Asimismo, Leguizamón
contó que en la causa que representa presentó con pruebas una declaración
importante que ocurrió el año pasado para el 24 de marzo en un debate que en el
programa televisivo de Intratables mantuvieron el ex diputado justicialista -con
activa participación en el 73- Julio Bárbaro y el escritor Marcelo Larraquy
sobre la guerrilla, pero más allá de las declaraciones en esa discusión, el
letrado recordó el artículo de Juan Domingo Perón después del ataque a Azul en
el que el ex mandatario y líder político resaltó que “no era casualidad que dichos ataques ocurran en ciertas
jurisdicciones, lo que obedece una impunidad, en que la incapacidad lo hacen
posible o lo que serpia aun peor una tolerancia culposa y también denuncia que
esos hechos vienen ocurriendo en la provincia de Buenos Aires ante un evidente
desaprensión de sus autoridades. El estatuto de los crímenes de guerra responsabiliza
las austeridades estatales que inciten, que conspiren o toleren el reaccionar
subversivo”.
“Ayer,
pedimos a los jueces que meditaran que Argentina lleva mucho tiempo analizando
este pasado y nunca lo absorbido en su integridad. La pregunta que no se ha
hecho hasta ahora es ¿qué hubiese ocurrido si la guerrilla hubiera triunfado?”,
subrayó. De esta manera, los casos que expuso ante la Justicia le permiten
visualizar que en otros lugares se han presentado delitos de la misma índole en
un marco distinto. “El pilar fundamental
de mi exposición estuvo centrado en dos precedentes, uno de Mar del Plata, que
recientemente aplicó una norma esencial que son las Convenciones de Ginebra de
1949. Ahí se establece como crimen de guerra imprescriptible aquél que teniendo
un prisionero detenido lo tortura, que fue lo que hicieron con Larrabure, o lo
asesinan, que fue también lo que se demostró con una pericia donde por
unanimidad el Cuerpo Médico Forense de la Corte, señaló que Larrabure había
sido estrangulado”.
NOTA:
El audio corresponde a una entrevista en La
Perra Vida con el abogado de la familia
Larrabure, Javier Vigo Leguizamón.
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