viernes, 23 de marzo de 2018

“EL CASO LARRABURE ES UN DELITO DE LESA HUMANIDAD", ASEGURÓ LEGUIZAMÓN

Además, el letrado que representa a la familia del militar secuestrado señaló que “el fallo estará aproximadamente en 30 días”

“El caso Larrabure es un delito de lesa humanidad”, aseguró Leguizamón

En el marco de la causa por el crimen de Argentino del Valle Larrabure, el abogado de la familia del secuestrado por el ERP, Diego Vigo Leguizamón, realizó ayer la exposición ante jueces federales buscando que el caso que representa se declare como delito de lesa humanidad. Durante una entrevista para Radio Universidad AM580, el letrado señaló, entre otras cosas, que “el fallo estará aproximadamente en 30 días”.

Consultado sobre la Resolución de la Cámara acerca de la causa, el letrado dijo que ayer se “notificó que va a tomar unos días -y calculó que ocurrirá dentro de los 30 días-. Cabe destacar que lo que resuelva la Justicia va ser una decisión histórica ya que no se trata de una causa más para ninguno de los que está participando de la audiencia porque es una sentencia con enorme trascendencia histórica y para la reconciliación de los argentinos, porque ese pasado tan doloroso donde ha habido muertes de un lado y del otro, nuestro criterio es que, si la decisión es juzgar, se puede sanar juzgando a todos. No hay vidas de primera ni vidas de segunda”.

Recordando casos de víctimas de lesa humanidad en Santa Fe y a lo largo del país, Leguizamón se preguntó: “Qué veían en las víctimas. Veían seres humanos o veían símbolos. Entonces, la pregunta es, la Justicia argentina, ¿qué ha visto? ¿Seres humanos o símbolos? No será la hora de ver seres humanos”, cuestionó al respecto. “El problema que se planteó es el de las víctimas de la guerrilla que han sido convertidas en los desaparecidos de la memoria pública. Se ha difundido un sofisma que afirma que únicamente el terrorismo puede ser condenado como crimen de lesa humanidad si hay participación estatal. Ayer demostramos que esa no es la jurisprudencia internacional”, puntualizó.

Volviendo al punto de discusión y consultado acerca de si, allí, se acepta o no la caracterización de crimen de lesa humanidad, el abogado de la familia Larrabure resaltó: “Ayer dijimos que el crimen es imprescriptible por dos motivos”, y explicó: “Me basé en un fallo muy reciente del Tribunal Oral de La Plata juzgó unos crímenes cometidos por la Concentración Nacional Universitaria en 1975, cuando la Cámara se expide durante el desarrollo del proceso se presume también que presuntamente miembros de esa organización habían sido asesinados por montoneros”.

“Entonces la Cámara condena por un lado a los asesinos de montoneros pero manda también a investigar los crímenes de los montoneros y cuando lo hace dice que hay que hacerse un enfoque integral que incluya la convención de Ginebra de 1949, que son la que invocamos como elemento jurídico fundamental porque son derechos internos argentinos desde el año ´57 y establecen en el artículo común a esas contenciones que en ninguna circunstancia puede atentarse contra un prisionero de guerra y en ese fallo el Tribunal de La Plata expresa y toma como pauta el informe de la Convención Interamericana en la causa Abella La Tablada –en 1989- entonces la Cámara dice que conforme a esa Convención del 49, tanto los integrantes de Todos por la Patria como las fuerzas Armadas que reprimieron el ataque estaban obligados a respetar la vida de los partícipes en el momento de las detenciones”, siguió.

“Además, lo más importante, que dice la Cámara es que si esa Convención consideró eso para un ataque a La Tablada –que duró dos días- con muchísima mayor razón debe aplicarse a ataques sistemáticos que desarrolló el terrorismo de Estado durante toda la década del 70. Y estimó el Tribunal de La Plata configurado en Argentina en ese período un contexto de conflicto armado interno que activó las disposiciones de este artículo de la Convención de Ginebra. Basta que quitan organizaciones armadas con capacidades de librar combate y que de hecho lo libren, que es lo que ocurrió”, dijo en cuanto a la cuestión de si la causa que defiende fue un crimen de guerra o no. Y añadió: “Esto es un aspecto que ataca y demuele el hecho de que para que haya un crimen de lesa humanidad deba haber participación estatal. Pero nosotros, a su vez, en la audiencia de ayer, demostramos que el terrorismo del ERP como el de montoneros había sido de Estado porque tuvo la colaboración de tres estados”, dijo.

Asimismo, Leguizamón contó que en la causa que representa presentó con pruebas una declaración importante que ocurrió el año pasado para el 24 de marzo en un debate que en el programa televisivo de Intratables mantuvieron el ex diputado justicialista -con activa participación en el 73- Julio Bárbaro y el escritor Marcelo Larraquy sobre la guerrilla, pero más allá de las declaraciones en esa discusión, el letrado recordó el artículo de Juan Domingo Perón después del ataque a Azul en el que el ex mandatario y líder político resaltó que “no era casualidad que dichos ataques ocurran en ciertas jurisdicciones, lo que obedece una impunidad, en que la incapacidad lo hacen posible o lo que serpia aun peor una tolerancia culposa y también denuncia que esos hechos vienen ocurriendo en la provincia de Buenos Aires ante un evidente desaprensión de sus autoridades. El estatuto de los crímenes de guerra responsabiliza las austeridades estatales que inciten, que conspiren o toleren el reaccionar subversivo”.

“Ayer, pedimos a los jueces que meditaran que Argentina lleva mucho tiempo analizando este pasado y nunca lo absorbido en su integridad. La pregunta que no se ha hecho hasta ahora es ¿qué hubiese ocurrido si la guerrilla hubiera triunfado?”, subrayó. De esta manera, los casos que expuso ante la Justicia le permiten visualizar que en otros lugares se han presentado delitos de la misma índole en un marco distinto. “El pilar fundamental de mi exposición estuvo centrado en dos precedentes, uno de Mar del Plata, que recientemente aplicó una norma esencial que son las Convenciones de Ginebra de 1949. Ahí se establece como crimen de guerra imprescriptible aquél que teniendo un prisionero detenido lo tortura, que fue lo que hicieron con Larrabure, o lo asesinan, que fue también lo que se demostró con una pericia donde por unanimidad el Cuerpo Médico Forense de la Corte, señaló que Larrabure había sido estrangulado”.



NOTA: El audio corresponde a una entrevista en La Perra Vida con el abogado de la familia Larrabure, Javier Vigo Leguizamón.

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