La Sala IV de la
Cámara Federal de Casación Penal, a través de los votos de los vocales Borinsky
y Hornos (con la disidencia del Dr. Gemignani) acaba de revocar la prisión
domiciliaria otorgada al Sr. Etchecolaz disponiendo su inmediato
encarcelamiento. Admitió, de esta manera, los vengativos y feroces reclamos de
la querella y del fiscal que representa al Estado. Es decir, al Ministerio de
Justicia. Es decir, al Sr. Garavano, titular del ministerio, y en definitiva al
Sr. Mauricio Macri, presidente de la Nación.
Dr. Gustavo Hornos y Dr. Mariano Borinsky |
Todos ellos son
responsables, por ende, de uno de los pronunciamientos judiciales más
arbitrarios, más inhumanos y más hipócritas de nuestros anales. Y no porque no
haya otros muchos de semejante factura en este asunto de la persecución a los
militares y policías antisubversivos, sino porque éste supera la medida de
todos. Por la naturaleza del caso, y por sus insólitos fundamentos.
El fallo admite que
Etchecolaz, de 88 años de edad (léase bien: 88 años de edad), “…se encuentra en silla de ruedas con
`…sonda vesical permanente…´, presentando las `…siguientes afecciones
clínicas…´ de evolución crónica e irreversible: a) deterioro cognitivo a
dominio mnésico, b) extrapiramidalismo con temblor en miembros superiores a
dominio derecho, c) hipertensión arterial, d) trastorno neurológico que altera
la estabilidad y la marcha y e) trastornos prostáticos que comprometen la
micción […] presenta como antecedentes `…acv hemorrágico con compromiso
derecho…´, `…depresión…´, `…deterioro cognitivo…´, `…labilidad emocional…´,
`…regular a mal estado general…´con `…signos de deshidratación…´e `… hipoacusia
izquierda con caída de graves y agudos…´…” (cfr. fs. 861 vta./862). También
se dio cuenta de la historia clínica del imputado remitida por el Hospital
Interzonal “Alberto A. Eurnekian” y
por el Hospital Penitenciario Central del C.P.F. I de Ezeiza de la que surgía
el ingreso del encausado al nosocomio a causa de una sospecha de ACV.
Casi 90 años, en
silla de ruedas, enfermedades gravísimas y agudos dolores que los visitantes a
la cárcel hemos presenciado muchas veces antes de que se le otorgara la prisión
domiciliaria que ahora se revoca. ¿Qué más hacía falta para aplicar la ley que
expresamente dispone la prisión domiciliaria para mayores de 70 o con
enfermedades relevante, tal como hizo la instancia anterior? Nada. Se trata de
un caso indubitable.
Los dos jueces que
deciden encarcelar nuevamente a un hombre enfermo, sin movilidad propia, y de
90 años, incapaz por ende de fuga o de cualquier otra cosa, emplean argumentos
de tal manera maliciosos que cualquier lector imparcial advierte de inmediato
en ellos una voluntad clara y decidida de acelerar la muerte del prisionero.
Máxime cuando cínicamente sostienen que la cárcel de Ezeiza es realmente un
hospital que puede cuidar a este tipo de ancianos enfermos.
Los maliciosos
argumentos que emplean son estos: que sobre la prisión domiciliaria la ley dice
“podrá” y no “deberá”; que no se ha demostrado que en Ezeiza no se le preste
suficiente atención (saben muy bien, sin embargo, porque está dicho en el
fallo, que los médicos anunciaron el agravamiento de sus dolencias si se
mantiene la prisión carcelaria, y saben que Ezeiza no es un hospital ni nada
que se le asemeje: que carece de todos los elementos mínimos para atender a
enfermos y mucho menos a un hombre en estas condiciones); que no se ha tratado
bien la hipótesis de fuga y que podría tener armas en el domicilio (sin
palabras, salvo el calificativo de “cínicos”
que merecen estos violadores sistemáticos de la justicia).
Lo peor del caso que
comentamos, sin duda, ha sido la actitud del Ministerio de Justicia, del
gobierno en suma, a través de la actuación del fiscal, quien cual perro rabioso
se ha lanzado sobre un pobre anciano indefenso buscando su muerte en el
encierro.
En definitiva, de
todos estos funcionarios involucrados, sin moral y sin piedad, que operan
hipócritamente bajo el cínico y burlón nombre de “Cambiemos”.
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