Jaime Malamud Goti |
El profesor
Jaime Malamud Goti, en una colaboración periodística en el diario La Nación del
día 16/1/2019 (a cuyo versión online www.lanacion.com.ar/2211349 me remito brevitatis causa) practica una encendida cuanto loable crítica a la
última sentencia de la CSJ sobre el tema de la aplicación del “2 x 1” a los condenados en los “juicios de lesa humanidad” donde,
contra Derecho, se les denegó el
beneficio (salvo la disidencia de Carlos
Rosenkranz). Pero además se extiende en una serie de consideraciones a las que
me referiré solo a algunas muy significativas.
Lo hizo en una
suerte de ratificación -por una parte- de la legitimidad de los juicios
originarios a las Juntas Militares y de los actuales y -por la otra- haciendo
algunas observaciones sobre algunos “excesos”,
muy interesantes por lo que expresan sobre el propio autor y de todo el
contexto que rodea a esta tragedia que ya lleva casi treinta y cinco años y que
la mayoría del pueblo por la lejanía en el tiempo ignora, con la contribución
decisiva para ello del lapidario silencio, salvo excepciones, de los medios de
comunicación. Todo lo dicho por el profesor de ética en una mezcla de vergüenza
y culpa (pero con resguardos) que más que una auténtica exteriorización de
lamento genuino que no descarto porque solamente él puede saberlo, por lo que
se ve -la incertidumbre social-política que se vive- y por lo tardío de sus
manifestaciones, tiene la apariencia del arrío del barrilete. Él mismo se
refiere al riesgo de “estar condenados a…
describir una y otra vez el transcurso de un tiempo circular”. Lo dicho por
el profesor de ética, aplicado al caso, explicaría la intención de ovillar el
hilo, por lo menos en lo que a él le toca.
Me concentraré
en un par de cuestiones: 1) Admite expresamente, “En 1983, cuando el gobierno de
Alfonsín proyectaba los juicios, tomamos la decisión de centrar la persecución
penal en los militares...”, que él
estuvo en el núcleo de los decisores
de esa política adoptada. Seguramente le habrá sorprendido que el
tribunal civil que condenó a las Juntas
reconociera que se trató -la lucha contra el terrorismo- de una guerra
contrarrevolucionaria; lo cual significa que los imputados y condenados por esa
decisión política en la que el profesor de ética colaboró, fueron sacados de sus jueces naturales: los tribunales militares; así ocurrió también muchos años después con
los juzgados desde 2004 en adelante. 2) Reconoce que hay detenidos ilegalmente con prisiones preventivas de “hasta diez años” (en realidad algunos
con más años detenidos); como así mismo que no reciben la atención médica que merece “el más aborrecible criminal”. No sé si antes se expresó en este
sentido pero hoy parece un poco tardío: ya
van más de 460 muertos a quiénes se les adelantó el deceso por las condiciones
ignominiosas de detención, cuestión absolutamente previsible (homicidios). Pero
la confesión es restringida, omitió
pronunciarse sobre la ilegalidad de los juicios por prescripción de la acción
(desde el 2004 en adelante); ahí hubiera tenido oportunidad de pronunciarse
también contra la mayoría de la Corte -como lo está haciendo ahora por el 2 x
1- siguiendo el ejemplar voto de Carlos Fayt; probablemente no lo hizo porque
comparte la tesis zaffaroniana de aplicación del derecho consuetudinario en el
derecho penal… Tampoco aludió a la
inmensa cantidad de condenas sin pruebas con grado de certeza, asunto que
es imposible que desconozca. 3) En
realidad, la intención aparente es
ratificar que todos (desde generales hasta agentes de policía) son criminales;
así expresó que el mal trato que ha señalado que están recibiendo, muestra que
un segmento de la sociedad ha decidido transformar criminales en enemigos. Esa
expresión es muy significativa porque es demostrativa de varias cosas: (1)
afirmar la calidad de criminales de todos los sometidos a proceso sabiendo cómo
se los está juzgando; con esa base de calificación sería razonable suponer que así se
estaría tratando in extenso a todo el estamento militar y policial. (2) Al
no explicitar a qué se está refiriendo, es legítimo deducir que para él,
implícitamente, la categorización de
enemigos es un ascenso en la escala descalificante: es decir que es peor
que la de criminales. (3) Al admitir tácitamente el profesor de ética que no
hay leyes, reglamentos, protocolos (como sí lo había en los regímenes nazi y
estalinista) que determinaran rigurosamente un sistema paralelo de “derecho penal del enemigo”, resulta evidente que todas las
arbitrariedades que lo preocupan y se vienen produciendo desde hace muchos
años, son producto de la discrecionalidad de jueces omnipotentes. (4)
Atribuirle a la sociedad una actitud
vergonzante frente a esta cuestión (y así, de paso, DILUIR LAS
RESPONSABILIDADES) es una falsedad o error de percepción, esto último no admisible en su nivel intelectual y por su
grado de participación en esta historia; como tampoco lo es que considere que
en la guerra contrarrevolucionaria “al
frente” se encontraban solo “bandas
de izquierdas (cuyo único delito era) obligar a los concurrentes a los actos
universitarios o públicos a brincar para evitar el mal trato que merecían”…
; ¿el ERP, Montoneros y Santucho con su
millón de muertos prometidos no lo interpelan al profesor de ética sobre ese
reduccionismo ? (5) En realidad, por la ignorancia o indiferencia de la mayoría del pueblo sobre lo que
ocurrió y está ocurriendo -desde 1960 hasta ahora- y de lo que nunca participó y miró siempre de soslayo, las resoluciones
judiciales son por cuenta exclusiva de los jueces y de los poderes políticos que se lo permitieron e instigaron. En todo caso sí hay grupúsculos bien
organizados, cuyas directivas a que responden no es este el lugar para analizar,
con un gran poder de presión; nada más que eso.
Durante mucho
tiempo los responsables creyeron -en una interpretación más favorable que
excluye decisiones geopolíticas más profundas y de más largo alcance- que con
estos juicios al mundo le estaban dando cátedra de como se juzga a los
responsables de delitos de lesa humanidad, hoy
la duda debe estar quitándole el sueño a más de uno.
En definitiva:
solo les cabe esperar a ellos -los responsables- que al barrilete
no se le haya cortado el hilo.
Silvia
Marcotullio
DNI 9.999.644
Exjueza de Cámara
DNI 9.999.644
Exjueza de Cámara
NOTA:
Las imágenes y destacados no corresponden a la nota original.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
No dejar comentarios anónimos. Gracias!