28
de diciembre de 2019 2019
Por
Roberto José Rosales
Sin
querer menoscabar a ningunos de los 3 poderes del estado nacional, me salen
rápidamente unas breves conclusiones de cada uno de ellos:
1. Poder Ejecutivo
A
pesar que la primera magistratura de la Nación es ejercida por el Dr. Alberto
Fernández, no escapa a la percepción de nadie que su gran electora fue la
actual vicepresidente a fin de sustraerse a la acción de la justicia y usar al
presidente como escudo humano y político.
2. Poder Legislativo
Los
representantes del pueblo deberían actuar en función del interés del bien común
de sus representados, tarea que no hacen ya que se limitan a cumplir con los
objetivos de sus respectivos dirigentes políticos, de esa manera no cumplen la
función para las que fueron elegidos.
3. Poder Judicial
Es
la institución estatal más desvalorizada, salvo honrosas excepciones en general
son permeables a los deseos del poder, facilitando decisiones judiciales que
solo benefician al quienes ejercen el poder político de turno.
Evidentemente
el árbol de la “emergencia económica”
tapa el bosque de muchísimos problemas graves irresueltos a la fecha y que
requieren un MUY URGENTE tratamiento,
como por ejemplo la seguridad jurídica.
Con
la actual inseguridad jurídica continuarán pasando las siguientes cosas:
·
Crecimiento del
delito e inseguridad de los habitantes y visitantes de nuestro país.
·
No se incrementaran
las inversiones en el país, y nuevamente no lograremos honrar nuestros
compromisos con acreedores legítimos.
·
La famosa “grieta” se ensanchará y profundizará,
impidiendo una unión nacional necesaria a la necesidad de dejar una república
digna de ser legada a las generaciones futuras.
Obviamente
los problemas son muchos, pero la prioridad pasó por liberar a los mal llamados
“Presos Politicos”… en realidad eran
políticos presos por corruptos y ladrones. Hartamente demostrado en la
mayoría de las causas, ahora cajoneadas o desvirtuadas.
El
estado tiene la obligación constitucional de garantizar el debido proceso, esa
obligación al no cumplir los artículos 18[1]
y 16[2]
de nuestra Constitución Nacional con los verdaderos Presos Políticos, que desde
2003 a la fecha a la fecha posibilitaron el desarrollo de los mal llamados
“juicios de lesa humanidad”. Desde entonces ya han sido investigados, juzgados
y algunos condenados 2367 personas de las Fuerzas Legales de la Nación, quienes
cumplieron la orden de aniquilar al accionar subversivo impartidas desde los
más altos niveles de la conducción política del estado (ya sea democrático 1973
a 1976 o de facto 1976 a 1983). También es necesario destacar que al día de la
fecha los fallecidos privados
injustamente de su libertad ya son 543 (quinientos cuarenta y tres)[3]
pertenecientes a todas las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas
Policiales, Fuerzas Penitenciarias y Civiles; en el marco de este proceso de
persecución, venganza y exterminio, donde SE
CONTINÚAN REPITIENDO en forma sistemática infinidad de irregularidades
jurídicas, instrumentadas en el ámbito de una justicia prevaricadora.
Es
por ellos que
peticionamos ante nuestras autoridades la ejecución de una auditoría jurídica
en todo lo actuado en los juicios de lesa humanidad, que las partes designen de
común acuerdo a destacados peritos jurídicos de intachable trayectoria, y que
todos se compromentan a acatar el dictamen que ellos emitan. (clic
acá para firmar)
No
sea cuestión que después la inexperta
ministro de seguridad pretenda que la justicia revoque sus decisiones, con la
clara intromisión del poder ejecutivo sobre otro. ¿Sabrá esta señorita que
la Constitución Nacional es nuestro único contrato ciudadano de convivencia y
establece la independencia de los poderes entre sí? Por si no lo sabe allí se encuentran las bases de la república.
[1] [1]
Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley
anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado
de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede
ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden
escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la
persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la
correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué
casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación.
Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda
especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y
limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y
toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de
lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.
Esos juicios
fueron una decisión de Néstor Kirchner y avalado por Ricardo Lorenzetti la
transformaron en una política de estado, seguramente con el apriete de las
supuestas organizaciones de derechos humanos… sesgadamente se cometieron
irregularidades jurídicas que posibilitaron su puesta en marcha.
[2] La
Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en
ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales
ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad.
La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
[3] En
el día de la fecha ya son 544.
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