Recientemente
familiares de presos llamados de “lesa
humanidad”, han tomado conocimiento de una directiva del Ministro de Salud que prohíbe la atención de
estos enfermos en los hospitales militares. Llama la atención la ligereza -quizás
por cierta suposición de impunidad- con
la que un funcionario de alta jerarquía
incurre a nuestro parecer en una flagrante violación a los derechos humanos, más específicamente derechos de los enfermos, los que incluyen la libre elección del
profesional y/ o institución en la cuál atenderse.
Cabe
agregar como singular agravante, que la negación de atención en estos
institutos que son prestadores de las obras sociales militares, constituye una clara discriminación, no conociéndose prohibición de atención de este tipo (de acceder a un prestador
determinado) a ningún afiliado a obra social alguna.
No
sería precisamente una muestra de
autoridad ni de valentía el ensañamiento
con las personas más vulnerables de la sociedad: presos, enfermos, y en su mayoría
ancianos.
Las
autoridades de los hospitales y otras instituciones de salud no deben olvidar
las obligaciones que como tales les corresponde, y recordar que el concepto
castrense de “obediencia debida” no
es exculpatoria de la comisión de un delito.
Creemos
que la justicia, más temprano que tarde, deberá intervenir en este tema que
tanta angustia agrega a personas enfermas privadas de su libertad y a sus
familias.
Antonio
Asencio
antonioasencio1968@gmail.com
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