CONTRIBUCION AL DEBATE SOBRE DERECHOS HUMANOS
Carlos Gabetta da un paso más
allá: se pregunta por el sentido de continuar indefinidamente los juicios.
Por Carlos Gabetta[1]
Este artículo tiene por
objeto contribuir al debate sobre el modo y continuidad de los juicios penales
a los implicados en “crímenes de lesa humanidad” durante la dictadura militar 1976/83,
llamada a sí misma Proceso de Reorganización Nacional. También al debate
paralelo sobre la responsabilidad de las organizaciones armadas que nacieron
durante otra dictadura militar (1966/73), en los años que siguieron. Este
último aspecto no puede dejar de considerarse por sí mismo, pero mucho menos
aquí: el firmante, un periodista profesional con muchos años de experiencia,
militó en 1972/76 en una de esas organizaciones, el Partido Revolucionario de
los Trabajadores (PRT), cuyo “brazo armado” era el Ejército
Revolucionario del Pueblo (ERP). Me caben pues las generales de la ley.
DEMOCRACIA Y NUREMBERG. Los juicios a los nazis duraron apenas unos meses. Los de los militares argentinos llevan casi 30 años y siguen prolongándose. | Foto: CEDOC |
Este gravísimo asunto, que
tuvo un comienzo democrático, legal y
legítimo de resolución con la acusación
del presidente Alfonsín a las cúpulas militares y algunos jefes
guerrilleros y el consecutivo Juicio a las Juntas, evolucionó a los largo de
los siguientes 30 años de un modo confuso y contradictorio, hasta llegar a la
situación actual. La de una democracia que en ese punto –y en tantos otros– se
niega a sí misma al impartir mala y tardía justicia y la de una sociedad que
agrava sus divisiones, en un marco de
problemas económicos, políticos y sociales de una extrema gravedad. Es pues
necesario cerrar el capítulo “última
dictadura militar”, porque se están cometiendo injusticias y porque se
necesitan todas las energías para resolver problemas actuales y, quizá lo más
importante, porque la sociedad argentina tiene necesidad de amigarse consigo
misma. Es necesaria una síntesis que
reconozca, aclare y deslinde responsabilidades y haga realmente justicia.
Este capítulo negro de nuestra historia –tenemos varios– debe cerrarse
cumpliendo con la ley argentina y los pactos internacionales; pero además
ejerciendo tanto la crítica como la autocrítica ciudadanas; si no para
justificar, al menos para comprender lo ocurrido y dejarlo atrás, en la
categoría de experiencias históricas a no repetir.
Vaivenes. La
cronología desde el Juicio a las Juntas hasta hoy es conocida y los argumentos
políticos y legales esgrimidos en los sucesivos vaivenes del asunto exceden
largamente este espacio. Pero la síntesis es que más de tres décadas después el
tema no sólo no se ha resuelto, sino que se complica cada vez más. Resumiendo,
después de la ejemplar condena inicial a las Juntas, vinieron los indultos –que
incluyeron a ex guerrilleros a punto de ser juzgados; o sea que se “indultó” a quienes aún no tenían condena–;
luego se anularon los indultos; se extendió la posibilidad de acusar de
crímenes de lesa humanidad más allá de “los
altos mandos” y se limitaron las posibles acusaciones a “lo actuado” por la dictadura militar
76/83. Sobre esto último, si los eventuales crímenes cometidos por las
organizaciones guerrilleras estaban prescriptos, no era el caso de la Triple A,
organizada por el gobierno peronista desde el Estado y por lo tanto pasible de
ser acusada de crímenes de lesa humanidad, no prescriptibles.
Actualmente hay más de 1.100 ciudadanos entre
procesados y detenidos sin sentencia
y sentenciados que se encuentran procesados en otras causas. Hay 970 imputados
detenidos, ya sea en unidades penitenciarias (57%), sus domicilios (40%),
dependencias de las fuerzas de seguridad (1,5%) y en hospitales (0,5%),
mientras que los condenados son 563. O sea que hay numerosos presos sin
condena. El constitucionalista Roberto Gargarella sostiene que se deben evitar
estas condiciones para todos los detenidos: “Implican
violaciones de derechos sobre personas concretas, por más que se trate de las
personas a las que menos queremos. Por ejemplo, tenemos procesados sin condena
durante largos, imperdonables años, algo que no aceptamos en ningún caso; personas de
edad avanzada y en condiciones de salud precaria que no reciben, a diferencia
de otros ‘presos comunes’, arresto domiciliario”. Otras fuentes
indican que “el promedio de edad de los
afectados en estas causas, es de más de 73 años (73,24 años exactamente) y el
promedio de prisión preventiva de los detenidos en penales es de más de 6 años
(6,16 años exactamente), sumado al altísimo porcentaje de fallecidos (344 personas
al 1-3-16)”[2].
Desde que el peronismo kirchnerista reposicionó así
el problema, la sociedad argentina se divide, grosso modo, entre los que
están dispuestos a llevar las acusaciones y los juicios más allá de todo plazo
y legalidad, y los que, como la señora Cecilia
Pando y muchos otros, no sólo niegan culpabilidad, sino que reafirman
objetivos y métodos. En medio, la “resistencia armada” y sus
responsabilidades históricas, políticas y eventualmente legales, negadas
taxativamente por unos y sirviendo así de justificación a otros.
Resultado, una situación
concreta extremadamente confusa en lo legal; un “debate” irracional;
un asunto grave de nuestra historia que ha devenido desvergonzada herramienta
política y, una vez más, una sociedad dividida y al borde del enfrentamiento.
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