Por MAURICIO ORTIN
“No banalizar los
delitos de lesa humanidad”, es el título que lleva la nota del exjuez y diputado nacional, Ricardo Gil
Lavedra, publicada en La Nación el 18 de junio de 2013. En la nota el autor
participa de “... la obligatoriedad e
irrenunciabilidad de tales procesos, así como la necesidad de arribar a una
sentencia final”. También, respecto a que en ningún modo se debe consentir:
“... que en las investigaciones y los
juicios referidos a delitos de lesa humanidad no se observen estrictamente
todas las garantías procesales que la Constitución Nacional y los tratados
internacionales aseguran a los imputados, sin distinción alguna”.
Refiriéndose a un fallo de la Corte
Penal Internacional, agrega: “... una
persona acusada por un delito de lesa humanidad no puede ser condenada si no se
prueban en un proceso justo, más allá de toda duda razonable, tanto su
participación en los hechos juzgados como el conocimiento de la inserción de su
conducta dentro de un plan criminal sistemático guiado por los propósitos inhumanos
que caracterizan a esos aberrantes delitos”.
Por último, en el remate de la nota y en una suerte de
moraleja explícita, Gil Lavedra
manifiesta: “... debemos cuidar
celosamente la categoría excepcional de delito de lesa humanidad y los procesos
en los que se aplica. Vigilemos que no sean bastardeados o convertidos en un
mero instrumento de la conveniencia política del relato oficial”. Es por
demás obvio que Gil Lavedra no
extrae su enseñanza de situaciones abstractas sino, más bien, de los tangibles
juicios por lesa humanidad que vienen sustanciándose en el mandato
kirchnerista. Pero no hace falta ser Gil
Lavedra para darse cuenta de que, en la mayoría de los juicios, no se
respetan las garantías procesales de los acusados. En la causa del “Apagón de Ledesma”, por ejemplo, en
abierta contradicción con el Código
Procesal Penal Argentino, que lo prohíbe de manera taxativa, el Dr. Pablo Pelazzo pasó de abogado de una parte querellante a fiscal de la causa. En la megacausa de Salta están enjuiciados
militares que, por su juventud y grado, no podían haber estado enterados de que
fueran arte y parte de un plan de ataque sistemático a la población civil de
conformidad con una política de Estado. En ningún ejército del mundo los planes
de ataque se deciden e informan en asambleas en las que participan, con voz y
voto, cabos y subtenientes de entre 18 y 20 años de edad (de los casi tres
millones de soldados que desembarcaron en Normandía el día “D”, no más de diez
generales conocían el plan). Al respecto, dice Gil Lavedra: “Hoy pocos
ignoran en qué consistió tal plan y los hechos perpetrados, pero no cabe sin
más trasladar anacrónicamente ese conocimiento al pasado”. “Es necesario probar
también que, en el momento de actuar, y no posteriormente, el acusado ha tenido
conocimiento de que su acto era parte de un ataque generalizado o sistemático
perpetrado contra la población conforme a una política estatal de tal
naturaleza.”
Dr. Pablo Pelazzo |
“Banalizar los juicios de lesa humanidad” pareciera indicar que
se toma ligera, frívola o chapuceramente algo tan importante como un proceso
judicial. Es mucho más grave que eso. Privar de su libertad a las personas a
quienes no se puede probar su culpabilidad (técnicamente, inocentes), desde el
Estado y a través de un plan sistemático a esos efectos, con el mero propósito
de servir a “la conveniencia política del
relato oficial”, si no configura la comisión de delito de lesa humanidad
por parte de los implicados, “pega en el
palo”.
NOTA: Las
imágenes y negritas no corresponden a la nota original.
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