PAPELÓN
Como ciudadano común
e ignorante del derecho estoy anonadado por el papelón protagonizado por el
juez Martínez de Giorgi con la señora Hebe de Bonafini. ¿No tiene nada que
hacer al respecto el Consejo de la Magistratura? Me gustaría saber.
Bernardo Busso
DNI 4.147.014
CONTROVERSIA
Nadie puede negar que
hubo miles de casos de muertes, desapariciones forzadas y torturas durante el
gobierno del Proceso (1976-1983), pero no se entiende que hoy en día exista
controversia sobre su número. Aquí no habría mucho que discutir, porque
bastaría confeccionar un listado de todas las personas involucradas en esta
cuenta consignando básicamente tres datos de cada una: apellido/nombres, tipo/número
de documento y fecha de su desaparición (al menos, el año). Este listado
tendría que ser dado a publicidad, para dar la oportunidad a todas aquellas
personas o instituciones que tuviesen objeciones al respecto las hagan llegar
para considerar las correcciones por agregados o por exclusiones que correspondan.
Héctor
Luis Giuliano
DNI 4.406.405
FUE
UNA GUERRA
Presidente Macri,
actúe como un estadista; respalde sus palabras en los considerandos de la
sentencia dictada por la Cámara Federal en la causa 13/84, que sus consejeros
ignoran o silencian. Al condenar a los comandantes, dijeron los jueces en el
capítuolo sexto:
a.1) La situación
preexistente al 24 de marzo de 1976. "...También
está fuera de discusión que a partir de la década de 1970 el terrorismo se
agudizó en forma gravísima, lo que se manifestó a través de los métodos
empleados por los insurgentes; por su cantidad; por su estructura militar; por
su capacidad ofensiva; por su poder de fuego; por los recursos económicos con
que contaban provenientes de la comisión de robos, secuestros extorsivos y variada
gama de delitos económicos; por su infraestructura operativa y de
comunicaciones; la organización celular que adoptaron como modo de lograr la
impunidad; por el uso de la sorpresa en los atentados irracionalmente
indiscriminados; la capacidad para interceptar medios masivos de comunicación;
tomar dependencias policiales y asaltar unidades militares". Los
jueces sostuvieron luego que la subversión terrorista puso una condición sin la
cual los hechos juzgados "posiblemente
no se hubieran producido", admitiéndose que esos episodios "constituyeron una agresión contra la
sociedad argentina y el Estado, emprendida sin derecho, y que éste debía
reaccionar para evitar que su crecimiento pusiera en peligro la estabilidad de
las instituciones".
Finalmente, por los
antecedentes, la documentación secuestrada y las características que asumió el
fenómeno terrorista en la Argentina, concluyeron que "dentro de los criterios clasificatorios que se acaban de
expresar, éste se correspondió con el concepto de guerra revolucionaria"
y que al grado de desarrollo por ella alcanzado, el informe del Ejército "concluye en que llegó a la creación de
zonas dominadas."
Tener el coraje de
hacer primar la historia sobre la memoria, no implica dejar de condenar lo que
sea condenable. Exije sí pensar también en las víctimas de la guerrilla,
aquéllas que menosprecian quienes le aconsejan decir sólo lo políticamente
correcto.
Arturo
Larrabure
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